Bonos agrarios: la sentencia incumplida
La lucha contra la corrupción y la impunidad en el país es tarea de todos los días. En 1996 el Congreso aprobó la Ley 26597 que estableció que los bonos de la deuda agraria sean pagados a valor nominal, formalizando la confiscación de las propiedades expropiadas por la reforma agraria de Velasco. Sin embargo, el Tribunal Constitucional, en la sentencia del 15 de marzo de 2001, corrigió el intento confiscatorio y declaró inconstitucional dicha ley, reconociendo el derecho de los tenedores de bonos a cobrar el valor actualizado de sus acreencias.
No obstante la claridad y contundencia del fallo de los magistrados del 2001, el Ejecutivo se dio maña para incumplir el mandato del tribunal, el cual dictó una resolución de ejecución de sentencia en julio de 2013, aprobando una metodología de valorización de los bonos y sus intereses, así como ordenando al Ministerio de Economía y Finanzas la implementación de un procedimiento administrativo para su pago.
El MEF estableció dicho procedimiento pero “inventó” una metodología distinta a la ordenada por el tribunal, incumpliendo nuevamente la resolución de ejecución. Los bonistas presentaron cuestionamientos.
Sin embargo, el TC, mediante las resoluciones del 4 de noviembre del 2013 y 7 de abril de 2015, se reservó la competencia para controlar que la fórmula del MEF no produzca resultados confiscatorios.
Actualmente el tribunal está ampliamente notificado de los problemas de la fórmula del MEF y su función es rectificar y aclarar lo que decidió en el 2013.
Esta situación de los bonos agrarios refleja nítidamente la realidad del país: nada funciona. La sentencia no se cumple, la resolución de ejecución ha sido tergiversada y las autoridades constitucionales que se reservaron la competencia para controlar las incorrecciones de la fórmula, no aparecen en el firmamento contribuyendo a la mala imagen de un país, donde las cosas quedan en el limbo.
Frente a ello, los magistrados del Tribunal Constitucional tienen la responsabilidad de dictar mandatos efectivos que terminen con todas las injusticias y arbitrariedades cometidas contra los tenedores de bonos. Y en el más breve plazo deben tomar una decisión constitucional libre de discusiones formalistas. Cerca de 200,000 bonistas esperan un final a su agonía.
Pensar que el caso ya está terminado y que no hay nada más que discutir es una forma velada de promover la confiscación encubierta. Requerir el cumplimiento de sus sentencias es la esencia de su legitimidad y su presencia real en la defensa de los derechos ciudadanos.
(*) Por Mario Seoane, abogado.
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