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Cayó una perla. Aumentaron a jueces, pero no a servidores

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Fecha Publicación: 30/06/2024 - 21:40
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Se conoció por información periodística –y con fotografía– que los servidores del Poder Judicial efectuaron una protesta en el Palacio de Justicia reclamando porque se ha aumentado los sueldos a los jueces superiores (ganarán S/.28.000,oo) mientras que la de los asistentes están congelados (S/.1.950,oo). Se refieren a los CAS y del D.L.N.º 728. Estando que se trata de una delicada situación, nos limitaremos a continuación a reproducir informaciones que se ofrece públicamente en Internet.

Las remuneraciones de magistrados jueces son significativas. “Los magistrados, en promedio, tienen los mayores ingresos del sector público entre todas las carreras especiales, siendo en promedio de S/ 13.656,oo mensuales, llegando en algunos casos hasta los S/ 43.117,oo mensuales” “Un especialista legal en Lima percibe S/.4.750,oo”. “El presidente del Poder Judicial, José Luis Lecaros (del período 2019-2020), con S/.46.717,oo mensuales. Le seguían “los jueces supremos titulares de la Corte Suprema (con más de cinco años en el cargo) con S/42,717,oo mensuales. (Información del 23/09/2019)”. “Los jueces supremos que todavía no han cumplido cinco años en sus puestos perciben S/34,900,oo mensuales”. Y “La escala de remuneraciones del personal administrativo (Solo señalamos los N.º 3): Directivo 3 S/.15.660,oo, Profesional 3 S/. 8.721,oo, Técnico 3 S/.4.710,oo. Auxiliar 1 S/.3 590,00.(SIC).

Veamos para “comparar”, reproduciendo informaciones ofrecidas al público por Internet referidas a remuneraciones mensuales: El presidente de la República percibe un sueldo de S/ 15.500, además de contar con beneficios de transporte, vivienda, seguridad, entre otros”. “Un congresista S/.15.660,oo más S/.7.616,oo por funciones de representación y S/.2.800,oo como bono; en total S/.26.017,oo mensuales. Los ministros de Estado S/30,000,oo. Los magistrados del Tribunal Constitucional S/35.000,oo. El jefe de la Contraloría General de la República S/32,500,oo. El presidente del Jurado Nacional de Elecciones, S/31,000. El gerente general de Petro-Perú con S/30,200,oo. El presidente del Banco Central de Reserva (BCR) S/41,637,oo.”

El lector puede analizar tales informaciones.

Podría considerarse que no obstante a que los jueces de los diversos niveles jerárquicos, comparado con otros altos funcionarios del país, no están mal remunerados por el Estado y que, dado, además, a que son profesionales abogados que administran justicia, esta debe ser eficiente y sin dilaciones. El artículo 109° de la Constitución establece “que la ley es obligatoria desde el día siguiente de su publicación…” y los plazos procesales para tramitar las causas (expedientes) deben cumplirse obligatoriamente.

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