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Colapso del golpismo y afianzamiento de la constitucionalidad

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Fecha Publicación: 26/07/2022 - 22:50
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Hoy, Julio/27/2022, dos hechos definitorios en la realidad del Perú han coincidido :

1) En lo político, el golpismo perdió la presidencia del Congreso.

2) En lo minero, MMG Limited Las Bambas se ha visto obligado a decidir la paralización por los meses restantes del presente año, con riesgo de expulsión.

En lo político, significa la coexistencia pacífica entre el Gobierno y la oposición en los 4 años faltantes del quinquenio 2021 – 2026.

En lo minero, significa trato directo entre las partes (empresa y lugareños, particulares y/o comunidades) sin la intervención tóxica del Estado.

Ejemplo, Antamina ya ha resuelto su problema en trato directo con la comunidad sin la participación del Estado. Su mineroducto tiene 360 km y es actualmente el mayor productor de cobre, más que Las Bambas y Cerro Verde.

La misma MMG Las Bambas, en el 2017, resolvió un problema grave con la mediación del Episcopado. Aquella experiencia necesariamente tendrá que repetirse para la actual situación gravísima. Es la única fórmula de solución para Las Bambas.

La participación en la cadena de valor ya había sido aceptada en principio por Las Bambas. Que se haya retractado y actualmente rechace absolutamente la participación de las comunidades, la expone a su expulsión. A esta situación de liquidación del golpismo y de la gravedad de la minería no se ha llegado espontáneamente sino ha pesado la intervención de las instituciones supranacionales.

En efecto, en estos días, ha estado en Perú la Sra. Bachelet, jefe de la Alta Comisión de Derechos Humanos de la ONU, y expresó: «En Perú existe un movimiento y una agenda anti Derecho… Mientras haya impunidad no se llega a la verdad».

Esto de «anti Derecho» es desconocido en la filosofia del Derecho.

Meditando en su contenido, estaríamos descubriendo que el Perú desde 1993, no es Estado de Derecho sino Estado «Anti Derecho». Resultan entendibles entonces el artículo 60 de la Constitución que prohíbe al Estado peruano tener empresa pública, el artículo 62 que permite al Estado tratar con particulares despojándose de su soberanía y el artículo 66, que con título de concesión minera es un contrato de donación. En la concesión hay copropiedad del mineral extraído; la parte que le corresponde al Estado se llama regalía o canon. La donación es transferencia de la propiedad a título gratuito.

Es un hecho que nuestro país se encamina de Estado «anti Derecho» a Estado de derecho. Esto a partir del presente mes de julio de 2022.

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