¿Congreso bicameral virtual?
Muchos de los actuales congresistas tienen el cuajo de pretender postular el próximo año a un escaño, ya sea para diputados o senadores, y pese a que se proyecta una astronómica suma de más de 180 millones de soles en infraestructura, quieren que continúe la virtualidad en el próximo Parlamento a instalarse en 2026, simplemente ¡un absurdo! Creen –según ellos– que aún se mantiene la pandemia del COVID-19 en sus mentes y el modus operandi es seguir a través del Zoom o del Meet las sesiones legislativas, ya sea en los plenos o en las diferentes comisiones de trabajo. ¡Qué tal raza!
Como a partir de julio de 2026 habrá dos cámaras, una de diputados y otra de senadores, es de vital importancia adecuar el Reglamento del Congreso de la República, que tiene fuerza de ley y precisa las funciones del Congreso y de la Comisión Permanente, define su organización y funcionamiento, establece los derechos y deberes de los legisladores y regula los procedimientos parlamentarios.
Hasta el momento, en la Comisión de Constitución y Reglamento existen siete proyectos de ley, y en lo que respecta al desarrollo de las sesiones, está considerada la virtualidad. El singular texto de la congresista Martha Moyano propone:
“Artículo 39. Desarrollo de las sesiones. Para el desarrollo de las sesiones se habilita una sala presencial y una sala virtual; los diputados que no puedan asistir de manera presencial pueden participar virtualmente en estas, utilizando para ello las herramientas digitales o tecnológicas”.
El Reglamento del Congreso de la República es muy claro en su artículo 27-A, donde se señala que:
“Cuando ocurran circunstancias de gravedad que impidan el normal funcionamiento del Congreso, los órganos mencionados en el artículo precedente podrán sesionar virtualmente, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 51-A (En circunstancias de gravedad que impidan el desarrollo de sesiones presenciales, el presidente del Congreso, con acuerdo de la Junta de Portavoces representativo de tres cuartos del número legal de congresistas, puede disponer el desarrollo de sesiones virtuales del Pleno y de los demás órganos de la organización parlamentaria)”, y agrega: “Asimismo, los despachos congresales y los grupos parlamentarios podrán funcionar de manera virtual o remota, utilizando las herramientas tecnológicas que les facilitará la administración del Congreso. Para efectos de la verificación del quórum y de la votación, se podrá considerar, salvo previsión contraria, que el portavoz traslade el voto nominal de los miembros que componen su grupo parlamentario”.
Pero estos congresistas que están de salida y pretenden postular como diputados y senadores han hecho de esta excepción una costumbre, porque se conectan desde cualquier parte del país o del extranjero sin justificar dicha conexión, lo cual, honesta y sinceramente, es una falta de respeto con el electorado que los eligió.
Por respeto al soberano, y si pretenden una curul, la virtualidad en el Legislativo debe quedar en el pasado. Es una forma decente de respetar a la gente que aún cree en ellos y que votaría el próximo año para que sigan siendo… legisladores, cosa que lo dudo.
Mira más contenidos siguiéndonos en Facebook, X, Instagram, TikTok y únete a nuestro grupo de Telegram para recibir las noticias del momento.