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¡Congreso viola la ley!

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Fecha Publicación: 23/01/2022 - 22:45
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El 14 de enero, a través del Oficio No. 095-2022/OC-CR dirigido a Hugo Fernando Rovira Zagal, Oficial Mayor del Congreso, la jefa de la Oficina de Comunicaciones del Parlamento, Carolina Dabdoub Barandiarán hace un requerimiento por lo menos… inusual.

Al solicitar “…el servicio de entrenamiento para el desarrollo de capacidades expresivas dirigido a funcionarios del Congreso de la República, con la finalidad de proveer a los funcionarios de un conjunto de conocimientos y prácticas basadas en el lenguaje verbal y no verbal al momento de informar a la población, a través de los medios de comunicación masiva, sobre las actividades y acciones de la institución”, se lee en el singular oficio.

Cabe precisar que los congresistas ya cuentan con asesores de comunicaciones, los cuales cumplen el rol de difundir sus mensajes y proyectos de ley en los medios y, como se lee en el oficio, se habla de “funcionarios” y no de congresistas; inclusive, de acuerdo a la política del Congreso, los únicos que salen en medios son los congresistas y no los funcionarios como señala el documento de marras.

Por otro lado, no se puede conocer cuáles serían los gastos del “servicio de entrenamiento”, ya que la Mesa Directiva, presidida por Alva, no ha publicado los acuerdos de las sesiones desde el 29 de noviembre del año pasado, por lo tanto, ni en eso están al día.

Según el Acta de la 11ª Sesión de la Mesa Directiva del Congreso, correspondiente al periodo anual de sesiones 2021-2022, del 6 de octubre 2021, bajo la presidencia de la congresista Alva P., presidenta del Congreso, y los congresistas Lady M. Camones S., primera vicepresidenta; Enrique Wong P., segundo vicepresidente, y Patricia R. Chirinos V., tercera vicepresidenta; se tomó el Acuerdo No. 028-2021-2022/MESA-CR designándose, “…a partir del 11 de octubre 2021, a la señora Carolina Dabdoub Barandiarán, en el cargo de confianza de jefa de la Oficina de Comunicaciones, con el nivel remunerativo, las obligaciones, los derechos y beneficios que le son inherentes al cargo; (acá viene lo raro) exonerándola de los requisitos establecidos en el Artículo 22 del Reglamento Interno de Trabajo del Congreso”, el cual señala que los requisitos del citado artículo son título profesional universitario, sin embargo se le “exoneró”, sumado a esto es que no es periodista colegiada, lo cual viola la Ley No. 24898 del 18 de octubre de 1988 que “establece que deben ser necesariamente periodistas colegiados los que presten servicios como jefes de información, los agregados de prensa, los periodistas del sector público, gobiernos locales, organismos descentralizados”.

Por lo tanto, la jefa de la Oficina de Comunicaciones del Congreso, Carolina Dabdoub Barandiarán, viene violando la ley, igual que la mesa directiva al aprobarse un acuerdo contra la ley. El Código Penal es claro en los artículos 361 (Usurpación de función pública) 363 (Ejercicio ilegal de profesión) y 364 (Participación en ejercicio ilegal de la profesión).

* Ex asesor de prensa de la Presidencia de la Cámara de Senadores.

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