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Conspiran vacar este mes al presidente Castillo

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Fecha Publicación: 10/08/2021 - 20:30
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Constitución.- Estado y Nación.
« Artículo 45.-…Ninguna persona, organización, Fuerza Armada, Policía Nacional o sector de la población puede arrogarse el ejercicio de ese poder (Estado). Hacerlo constituye rebelión o sedición ».
Código Penal.- Delitos contra el Estado.
« Artículo 49.- Conspiración.
« El que forma parte de una conspiración de 2 o más personas para cometer delitos de rebelión, sedición o motín, será reprimido con pena privativa de la libertad no mayor de la mitad del máximo de la señalada para el delito que se trata de perpetrar ». (Rebelión : de 10 a 20 años, sedición 5 a 10 y motín 1 a 6).
« Artículo 351.- Extinción de pena.
« Los rebeldes, sediciosos o amotinados que se sometan a la Autoridad legítima o se disuelven antes de que ésta les haga intimaciones, o lo hacen a consecuencia de ellas, sin haber causado otro mal que la perturbación momentánea del orden están excentos de pena. Se exceptúan a los promotores o directores quienes serán reprimidos con pena privativa de la libertad no mayor de la mitad del máximo de la señalada del delito que se trata de perpetrar ».
Derrocar al Presidente y a su única vice Presidente es rebelión ; pues en el caso de tener éxito la sedición, la Presidenta del Congreso será además Encargada de la Presidencia de la República convocando a elecciones generales para el 2022.
Se trata de una conspiración descarada (inusual) : Keiko Fujimori y López Aliaga son los promotores básicos pues solo han reconocido a Castillo como Presidente legal pero ilegítimo, razón por la cual tenemos manifestaciones casi diariamente proclamando la vacancia. Sus oradores : Lourdes Flores, Sheput y Del Castillo.
Sus estrategas son el Defensor del Pueblo y el abogado Ghersi ; el primero, arrogándose la personería de la Nación mediante 2 cartas al Presidente de la República, observó la composición de su gabinete y Ghersi, considerando esas cartas instrumentos mas que suficientes para que el Pleno del Congreso, terminada la exposición, omita la cuestión de confianza y proceda la vacancia invocando « incapacidad moral permanente ».
En radio y TV, especialmente en Willax, Barba, Rey y Rospigliosi propalan el modus operandi. En el Congreso, altos oficiales ® como Williams, Chiabra y Montoya y la mayoría del Congreso son sus líderes connotados.
Solo después de presentado el gabinete, el Congreso tiene facultad de interpelarlos y/o censurarlos.
Ante situación gravísima, la nación debe estar en estado de emergencia y toque de queda a discreción y la mayoría congresal conspiradora con detención preventiva.

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