Cuidar el dinero público es cuidar a tu familia
La semana pasada estuvimos analizando dos de las falencias de la Ley N° 30225 Ley de Contrataciones del Estado, que permiten compras dirigidas y que limita la posibilidad de comunicar ilegalidad en las compras. Debido a los vacíos que tiene esta Ley el promedio de participantes en las licitaciones en el año 2019 y lo que va del 2020 fue de 1.5 postores por producto adjudicado, es decir casi siempre terminan siendo postores únicos quienes aprueban las especificaciones técnicas.
Ahora quiero completar el análisis y explicar porque es tan permeable este sistema, poniendo como ejemplo el sector salud, aunque especificando que se puede extrapolar a cualquier tipo de compra que hace el estado mediante licitación.
Partimos explicando que para comercializar un producto médico en el Perú es necesario tener un documento de autorización del Ministerio de Salud que se llama registro sanitario. Para obtener el registro sanitario usted debe cumplir con una lista de requisitos muy rigurosa que garantizan la seguridad, calidad y eficacia del producto. Si un hospital necesita un producto y hace una licitación para comprarlo, usted debería poder participar y competir.
Pero lo que está pasando es que se le ha dado la potestad a cada hospital de crear sus especificaciones técnicas y de cambiarlas en cada proceso de acuerdo a su conveniencia. Es decir, un montón de autoridades diciendo como debe ser el producto de sus sueños y quien debe vendérselo. Entonces puede ser que su producto tenga su autorización del MINSA y sea excelente, pero como usted no sabe que motiva a las personas que hicieron las especificaciones técnicas, entonces a usted lo descalifican y el hospital termina comprando lo que quiere al precio que quiere.
Aquí aparece el primer problema porque el dinero con el que están comprando es dinero público, y segundo el presupuesto es finito, por tanto, si en un hospital se compra algo sobrevaluado por el gusto de un grupo de personas, es claro que está yendo en detrimento no sólo de los pacientes que se atienden en su hospital sino del presupuesto de todos los pacientes del Perú.
La Ley N° 30225 tiene que cambiar y tiene que obligar a respetar a la autoridad competente del sector y dejar en claro que, si el producto está catalogado de una manera por un nombre común genérico, ningún hospital puede descalificarlo ¨técnicamente¨ por incumplir una especificación técnica. Esta es la única manera de evitar la sobrevaluación y la corrupción.
Unámonos en esta lucha para impedir que sigan aprovechándose del sistema. No olvidemos que cuidando el dinero público estamos cuidando que los pacientes tengan más posibilidades de salvarse y que ese paciente puede ser tu familia.