De los Principios Generales del Derecho
Los principios generales del derecho eran conocidos como ‘principia iuris’ en la antigua Roma. El jurista romano Ulpiano, cuya obra está recogida en el “Digesto” del Corpus Juris Civilis (compilación ordenada en el 533 d.C. bajo el emperador Justiniano I), indicó que estos principios incluían nociones fundamentales como la justicia y la equidad (‘Iustitia et aequitas’).
En la Edad Media y el Renacimiento, los principios fueron nuevamente estudiados y sistematizados por parte de juristas y filósofos. Uno de los tratados más influyentes fue “Summa Theologica” (Santo Tomás de Aquino, 1274), donde se examinan las leyes naturales como principios universales de moralidad y justicia que guían la ley escrita o positiva.
La acepción principio viene del latín “principium” que es “lo que se toma en primer lugar”. Así, los principios generales del derecho son considerados como verdades jurídicas fundamentales que cuentan con aceptación universal. Su denominación varía según el contexto e incluyen: legalidad, igualdad, buena fe, justicia y proporcionalidad. Estos principios son utilizados ante conflictos o disputas, especialmente en casos donde las leyes carecen de claridad, precisión o existen vacíos.
A lo largo de la historia, varios casos judiciales han demostrado la aplicación de estos principios. Un ejemplo notable es el caso “Marbury v. Madison” (EE.UU., 1803), donde el principio de legalidad y supremacía de la Constitución fueron fundamentales, tal como se documenta en “The Supreme Court in United States History” de Charles Warren (1922).
En el ámbito internacional, tenemos el caso de la “Barcelona Traction” (Corte Internacional de Justicia, 1970) que ilustró la aplicación del principio de protección de los intereses de los accionistas minoritarios en el derecho internacional, determinando que la nacionalidad nominal (capital belga) de la corporación primaba sobre la legal (domicilio social en Canadá), destacando la importancia de la equidad y la justicia, como se detalla en “International Legal Arguments in the Permanent Court of International Justice” de James L. Brierly (1942).
Como vemos, los principios generales del derecho abarcan fundamentos éticos y procedimentales del derecho. Tenemos a: (i) Legalidad: Nadie puede ser obligado a hacer algo que no está establecido en la ley, (ii) Igualdad: Todos los individuos son iguales ante la ley, (iii) Buena fe: Todas las transacciones deben realizarse con honestidad y sin intención de engañar, (iv) Justicia: Las decisiones deben buscar el justo equilibrio de los intereses en conflicto, y (v) Proporcionalidad: Las medidas adoptadas en cualquier contexto legal deben ser acordes a sus fines legítimos.
Estos principios son interpretados y adaptados constantemente para enfrentar nuevos desafíos jurídicos. Para ello recordamos a la obra “The Nature of the Judicial Process” (Cardozo, 1921) en donde se explica cómo los jueces deben adaptar la interpretación de la ley a las realidades cambiantes de la sociedad, aplicando los principios universales para mantener la integridad y relevancia del sistema legal.
(*) Abogado, docente universitario, consultor legal
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