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Debate sobre la pena de muerte

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Fecha Publicación: 23/02/2025 - 21:40
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Ante el incontenible incremento delincuencial que afecta inmisericordemente a la población con diarios asesinatos, extorsiones, raptos, sicariato, intimidación (con balas y explosivos), robos, tráfico de drogas y de personas (prostitución), ante la objetiva carencia de una eficiente seguridad para todos y de las sumamente lentas investigaciones fiscales y de los procesos judiciales penales, reiteradamente ya se está haciendo público –incluso en el periodismo escrito, radial y televisivo– que se retorne en el Perú a la imposición de la pena de muerte, previo el proceso judicial y la emisión de sentencia judicial firme y ejecutoriada por delitos graves y/o incontenibles.
Su retorno como pena para delitos graves en el Perú se ha convertido en tema de discusión pública. Muchos sectores sociales –sobre todo los más afectados por la actual inclemente delincuencia– están solicitando que se emita un nuevo Código Penal tipificando debidamente cada delito y fijando penas severas para los delincuentes, debiendo incluirse la pena de muerte para determinados horrendos delitos.
La pena de muerte es la sanción de quitarle la vida a una persona condenada por un delito. Es la pena más grave que puede imponer un Estado. Se remonta al Código de Hammurabi de Babilonia (alrededor del año 1750 a. C.).
Esta pena es actualmente considerada como un exponente máximo de castigo cruel, inhumano y degradante. Ante ello, tanto en organizaciones internacionales como Amnistía Internacional consideran que es un castigo inhumano e innecesario y se oponen a ella sin excepción, independientemente de quién sea la persona acusada, de la naturaleza o las circunstancias del delito, de la culpabilidad o la inocencia y del método de ejecución. Amnistía Internacional persiste en poner fin a las ejecuciones y en su abolición en todo el mundo. También está tratada en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 y en el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1989, que son tratados que prohíben las ejecuciones. En el Perú se dejó de aplicar desde la vigencia de la Constitución de 1979 y, en la de 1993, se amplió su aplicación solo para casos de traición a la patria en caso de guerra y para el delito de terrorismo, pero nunca se reglamentó.
Las Naciones Unidas reconocen 195 países, incluyendo países miembros y observadores. De ellos, actualmente hay 57 países que mantienen la pena de muerte para determinados delitos. Citemos como ejemplo: Arabia Saudí, Autoridad Palestina, China, Egipto, Emiratos Árabes Unidos, Estados Unidos, India, Indonesia, Irak, Irán, Jamaica, Taiwán, Singapur, Siria y Tailandia.
Nuestros gobernantes del Legislativo y Ejecutivo deben inmediata y urgentemente examinar esta cuestión y volver a promulgar un nuevo Código Penal estableciendo penas realmente severas para los delincuentes. ¡El debate debe continuar y públicamente!

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