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Del oficio más antiguo a la política actual

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Fecha Publicación: 10/01/2025 - 21:30
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La prostitución es conocida popularmente como “la profesión más antigua del mundo”. Esta afirmación corresponde a un epíteto del cual se desprende que su existencia es innata a las sociedades, las que son representadas por algunos en aplicación de una forma de gobierno considerada más justa y conveniente para la armonía social: la democracia.
Haciendo algo de historia, la existencia de la prostitución sagrada se documenta en la antigua Mesopotamia, cuando estuvo vinculada al culto de diosas como Ishtar (diosa babilónica del amor y la guerra, de la vida y de la fertilidad, asociada a la sexualidad). Estuvo regulada normativamente y aceptada dentro de un marco religioso.
En la Antigua Grecia y Roma, la prostitución era una actividad tolerada y, en muchos casos, legalmente regulada. Según Karras (1996), en su obra Common Women: Prostitution and Sexuality in Medieval England, en Grecia, la prostitución era una forma de satisfacer necesidades sexuales sin afectar la estructura familiar. Algo así como: ¡el fin justifica los medios! Sin embargo, en Roma, los prostíbulos estaban sujetos a impuestos, lo que evidencia una actividad legal y formal.
Luego, cuando el cristianismo se expandió en Europa, este oficio comenzó a ser condenado como inmoral (socialmente inaceptable), aunque se toleraba en ciertos contextos. Ya en la Edad Media, las autoridades locales establecieron zonas específicas, conocidas como burdeles (del francés antiguo “bordel”, que significa choza, casucha), con lo que se buscaba mantener el orden público y prevenir la propagación de enfermedades.
Haciendo una toma legal de este oficio, el término “prostitución” proviene del latín prostituere, que significa “exponer” u “ofrecer al público”, y su regulación ha variado en el tiempo y en cada sociedad, evidenciando sus valores sociales, económicos y jurídicos.
En la actualidad, tenemos diversas tendencias sobre esta actividad:
(i) Prohibición, donde se considera un acto ilegal, ilícito y sancionable, como en la mayoría de estados de los Estados Unidos de Norteamérica.
(ii) Regulación, donde se permite con normas estrictas, como en Alemania y Países Bajos, ya que, según Wagenaar (2017), en Designing Prostitution Policy, esto busca garantizar derechos laborales y prevenir la explotación.
(iii) Abolición, que solo penaliza a los clientes y a quienes puedan verse beneficiados, como en Suecia, donde se argumenta que esto reduce la demanda y protege de la explotación.
En nuestro Perú, la prostitución no está criminalizada, pero existen figuras legales que prohíben actividades relacionadas, como el proxenetismo (quien obtiene ganancias a costa del oficio del otro), la trata de personas (movimiento ilegal de personas con fines comerciales) y la explotación sexual (violencia o amenaza para que se realice con fines económicos), reguladas en el Código Penal. En adición a ello, este oficio puede resultar una herramienta útil para casos de tráfico de influencias, extorsión y corrupción en el ámbito público, como actualmente se viene investigando, y también puede suceder en el ámbito privado
El reconocido profesor César Landa, en su obra Derechos Humanos y Constitución (2008), afirma que el derecho no puede ser ajeno a las realidades humanas, por más incómodas que estas sean. Por ello, debemos recordar que la función del derecho debe enfocarse en garantizar la dignidad y la igualdad de todos, sin excepción, teniendo presente un enfoque real, inclusivo y respetuoso de los derechos humanos.

César Alfredo Montes de Oca Dibán

Abogado, docente universitario, consultor legal

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