El caso A.N.T.A.U.R.O.
La política en el Perú no cesa de convertirse en epicentro de acontecimiento sumamente riesgosos. La reciente sentencia del Proceso Especial N° 19714-2024, que declara la ilegalidad del partido político liderado por Antauro Humala, marca un hito significativo en la defensa de la democracia peruana. Esta decisión judicial no solo anula la inscripción del partido, sino que también subraya la importancia de mantener mecanismos de defensa robustos para proteger nuestra frágil estructura política. En un contexto en el que la democracia puede ser amenazada desde dentro por quienes buscan instrumentalizar sus libertades, este fallo recuerda que la tolerancia democrática no es sinónimo de permisividad frente a prácticas que minen sus propios fundamentos.
La sentencia sostiene que el partido de Antauro Humala incurrió en prácticas antidemocráticas al alentar la vulneración de los derechos fundamentales y promover medidas violentas y discriminatorias. Estas acciones, ejecutadas a través del discurso de su líder principal, Antauro Humala, contradicen los valores democráticos y los principios de respeto a los derechos humanos. La Corte Suprema presentó amplia evidencia para demostrar que Humala promueve un discurso contrario a la democracia, incitando a sus seguidores a adoptar actitudes violentas y excluyentes. Estas conductas no solo erosionan la cohesión social, sino que además representan una amenaza directa a los valores de pluralidad y respeto en una sociedad democrática. Uno de los argumentos de defensa del partido fue que Antauro Humala era solo un miembro más y no representaba al partido en su totalidad. Sin embargo, la Corte Suprema refutó esta postura en base a dos razones clave. Primero, Humala es el fundador del partido, que se creó en torno a su figura, y, segundo, las autoridades y otros miembros del partido no solo no se distanciaron de su discurso, sino que lo avalaron y alentaron abiertamente. Esto significa que no podían alegar que sus ideas no los vinculaban, ya que sus actos demuestran un consentimiento tácito a los mensajes de su líder. La influencia de Humala es tan central en el partido que incluso su nombre, A.N.T.A.U.R.O., refleja la conexión intrínseca entre él y la organización, consolidando un vínculo simbiótico donde la ideología y las acciones del líder son representativas del partido.
Desde una perspectiva legal, la Corte Suprema evaluó este caso bajo el artículo 14 de la Ley 28094, conocida como la Ley de Partidos Políticos. Esta norma establece claramente que las organizaciones políticas que promuevan conductas antidemocráticas son inválidas. Este fallo es una materialización del concepto de “democracia militante”, que sostiene que la democracia debe ser firme en la defensa de sus propios valores, evitando ser manipulada por actores que intenten usar su apertura para socavarla. En este sentido, la democracia debe ser, condescendiente pero no ingenua, y diversa, pero no irresponsable. La importancia de esta sentencia radica en que envía un mensaje claro de que la democracia peruana no permitirá el uso de sus libertades para destruir sus propios principios. La sentencia contra el partido de Antauro Humala es un recordatorio de la importancia de proteger nuestra democracia. Este fallo reafirma que no se tolerarán prácticas antidemocráticas y que se tomarán medidas firmes para salvaguardar los valores constitucionales y los derechos fundamentales. Debemos mantenernos vigilantes y comprometidos con los principios democráticos para garantizar que nuestra sociedad permanezca libre, justa y equitativa. La decisión de la Corte Suprema no solo protege el presente, sino que envía un mensaje claro de que el sistema democrático será defendido en su integridad, recordándonos que todos tenemos un papel fundamental en la preservación de este valioso bien común.
Por José Oré León
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