El esperado retorno a la bicameralidad
La importancia de un órgano del Estado no necesariamente está en función a su estructura; pues, son las personas que lo integran las que hacen posible que se destaque o no su actuación. En ese sentido, la legitimidad, como sinónimo de aceptación popular, que tenga un Parlamento está relacionada por lo que este haga o deje de hacer.
El Congreso de la República, además de legislar, cumple la función de fiscalizar y controlar a los demás órganos del Estado, a partir del llamado control inter poderes, además de decidir sobre la elección de algunas altas autoridades integrantes de los organismos constitucionales. Facultades éstas que las ejerce en representación de la ciudadanía, la que, con su voto, eligió a los congresistas.
Por las importantes funciones que tiene el Parlamento, como uno de los poderes del Estado, al enterarnos de lo acordado por la Comisión de Constitución del Congreso, en el sentido de que nuestro Poder Legislativo tenga una estructura bicameral, nos motiva a considerar que se comienza a ver la luz al fondo del túnel.
Pues, la existencia de dos cámaras permitirá que, además de ejercer la función de controlar a los entes estatales, en lo interno de su funcionamiento, pueda aplicarse el control intra poder del Estado. Este último tiene especial importancia, por cuanto va a permitir, o mejor asegurar que, entre otras, la función de legislar sea más estudiada y reflexiva, garantizando que las leyes que se elaboren no tengan errores, tanto de fondo como de forma.
Si, como se propone, los proyectos de ley que se aprueben en la Cámara de Diputados tienen que pasar al Senado para su revisión, eso va a permitir que los errores que se puedan cometer en la primera cámara se puedan corregir en la segunda, antes de ser aprobado.
Asimismo, por la variedad de funciones que tiene el Parlamento, es destacable el haber considerado que corresponderá al Senado la facultad de elección de altos funcionarios; y, por su parte le debe corresponder a la Cámara de Diputados la atribución de poder interpelar, censurar o rechazar la confianza a los ministros. Al igual que lo previsto en nuestra Constitución de 1979, se está proponiendo la posibilidad que el Presidente de la República pueda disolver la Cámara de Diputados, cuando ésta le censure o rechace la confianza a tres Consejos de Ministros, pero sin que esa capacidad del jefe de Estado le permita decretar la disolución del Senado, el cual no puede ser disuelto en ningún caso.
Si se trata de asegurar la calidad e idoneidad de los congresistas que se elijan para formar parte de las cámaras, considero que es una limitante el que solo una vez pueda ser reelegido para un periodo consecutivo. Si el diputado o senador ha demostrado, en el ejercicio de sus responsabilidades, que tiene las condiciones para ejercerlas, corresponderá al pueblo decidir o no sobre su reelección. Al respecto, se debe tomar en cuenta que la capacidad de poder del congresista está en función al colegiado pluripersonal del que forma parte. A diferencia de la del Presidente de la República, el cual concentra una gran capacidad personal para tomar decisiones, no haciéndolo responsable político, por el contrario, en mi opinión, debería eliminarse, en forma absoluta, la reelección presidencial.
Asimismo, sería conveniente establecer que el número de integrantes de las cámaras esté en relación con el criterio de representatividad. Los senadores deben representar a las regiones o departamentos; por lo tanto, todas las regiones deben de tener igual número de representantes ante el Senado, independientemente de la extensión territorial que tengan. Y los diputados deben representar a la nación; en consecuencia, los departamentos que tengan mayor densidad demográfica, proporcionalmente, deben tener mayor número de representantes ante la Cámara de Diputados.
Si a lo antes indicado le sumamos que el proceso eleccionario de los diputados y senadores se lleve a cabo en fecha anterior a la elección presidencial, estaremos asegurando el funcionamiento del control entre los poderes del Estado, sin perder de vista la posibilidad de establecer la renovación, por tercios o mitades, de las cámaras.
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