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El Estado debe protegerse a sí mismo, su población, su territorio y poder

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Fecha Publicación: 09/01/2023 - 23:40
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Cuando explico a mis alumnos universitarios de la carrera de Derecho, el concepto de Estado y de sus elementos esenciales: pueblo, territorio y poder, necesariamente menciono que el artículo 44° de la Constitución Política vigente expresamente prevé que entre los “deberes primordiales del Estado” se encuentran “defender la soberanía nacional, garantizar la plena vigencia de los derechos humanos; proteger a la población de las amenazas contra su seguridad…”

La misma Constitución Política precisa, respectivamente, en sus artículos 110°, 118. 1°, 118.3°, 137°, 165°, 166° y 167° y que el Presidente de la República es el jefe de Estado; cumple y hace cumplir la Constitución y las leyes; dirige la política general del gobierno; puede decretar estados de excepción (de emergencia y de sitio, uno en caso de perturbación de la paz o del orden interno, y otro, en caso de invasión, guerra exterior, guerra civil o peligro de que se produzcan); que las Fuerzas Armadas tienen por finalidad primordial garantizar la independencia, la soberanía y la integridad territorial de la República; que la Policía Nacional tiene por finalidad fundamental garantizar, mantener y restablecer el orden interno, prestar protección y ayuda a las personas y a la comunidad y garantiza la seguridad del patrimonio público y privado y combate la delincuencia; y que el Presidente de la República es el Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional.

De acuerdo a las normas constitucionales citadas, no existe razón alguna que justifique la inacción del gobierno de D. Boluarte, menos aún su consentimiento ni acomodo a los actos de extrema violencia que han venido perpetrando grupos incluso infiltrados por elementos terroristas y presumiblemente financiados desde el exterior, que han afectado el ejercicio de sus derechos constitucionales a miles de peruanos, han significado la destrucción de bienes públicos y privados y generado paralización de actividades económicas de ciudades enteras y daño irreversible a su economía, así como perjuicio a individuos, familias y al país.

El Derecho se distingue de otras normas por su carácter coercitivo, es decir, por su condición de poder imponerse y lograr su acatamiento mediante la fuerza, esta última legitimada en su apego a las reglas que la misma ley establece.

Debilitan a las Fuerzas del Orden y favorecen a los violentistas las idas y venidas y debilidad inexcusable mostradas por el gobierno actual en las semanas de iniciado, las cuales lo acercan a una peligrosa responsabilidad penal por omisión de deberes e infracción a la Constitución.