El habeas corpus colectivo
El habeas corpus, es un recurso constitucional cuyo origen histórico lo encontramos en el common law anglosajón de la edad media, el cual se invoca cuando vemos amenazada o vulnerada nuestra libertad individual.
Su desarrollo tipológico se debe a la casuística y no a la doctrina, por lo que el reconocimiento de sus alcances ha sido progresivo. En mi opinión no hay proceso constitucional mas vivo y adaptable a las necesidades humanas, por cuanto para realizar nuestras actividades cotidianas requerimos del pleno ejercicio de nuestra libertad de transito.
Sin embargo, cabe preguntarnos si procede su interposición cuando estamos frente a situaciones que restringen la libertad individual de forma desproporcionada o irracional, y que a su vez impactan en un colectivo de personas. Si bien, la jurisprudencia constitucional en nuestro país no ha delimitado la definición del habeas corpus colectivo, el Tribunal Constitucional ha señalado con contundencia que no se necesita de individualizar a los beneficiarios en una demanda de habeas corpus, sino que basta que sean determinables (Exp. Nº 5842-2006-PHC/TC).
En esa misma línea, el razonamiento constitucional ha estado presente en situaciones de connotación nacional, como fue el caso, en el expediente. N.° 00688-2020-PHC/TC, de un grupo de migrantes venezolanos que requerían ingresar a nuestro territorio debido a la persecución social y política de su país.
En este caso en particular, el Tribunal reconoció requisitos mínimos para interponer un habeas corpus colectivo: i) debe tratarse de un grupo determinado o determinable de personas; ii) en principio, el demandante debe encontrarse directamente perjudicado por la medida adoptada; iii) debe tratarse de una situación que amerite la adopción de un remedio de carácter general.
Otros casos de su procedencia, a partir del derecho comparado, son las detenciones en comisarías y el hacinamiento en las cárceles. El caso “Verbitsky” permitió desarrollar los estándares mínimos o básicos de la situación sanitaria y de mantenimiento de las cárceles y los calabozos de las comisarías, lo cual incide en el estado de salud de las personas privadas de su libertad. El empleo de este recurso surge como respuesta al hacinamiento de las cárceles, una problemática con la cual se identifican la gran mayoría de los países latinoamericanos.
Finalmente, el reciente caso de Rutas de Lima, resuelto por el Tribunal Constitucional, abre otro escenario de actuación para el habeas corpus de naturaleza colectiva.
El demandante, un ciudadano del distrito de Puente Piedra que alega ver vulnerada su libertad de tránsito por la imposición de un peaje que carece de rutas alternas, expone una limitación implícita en razón a un contrato de concesión que afecta a todo aquel que necesite desplazarse de norte a sur y que no pueda pagar la tarifa incrementada del peaje.
Como vemos, la casuística actual sigue innovando la posibilidad de su interposición, trascendiendo la mera tutela de la libertad individual.
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