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El Tribunal Constitucional y la Ley de bienestar animal

Fecha Publicación: 17/07/2019 - 21:00
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No hay duda que nuestro país ha evolucionado con impacto positivo frente al bienestar animal, considero que ya se va dejando en el olvido esa mirada de compasión hacia los animales y se va afianzando la de obligación. El antropocentrismo era una característica muy marcada en algunos colegiados; sin embargo no puede existir progreso legislativo con una sociedad que no se encuentre al mismo nivel, me refiero a la doctrina jurisprudencial del TC sobre la tenencia de mascotas, en la cual mediante sentencia se establece la no prohibición mediante los reglamentos internos de las juntas de propietarios en las propiedades horizontales u otra clase de predios a convivir con animales domésticos. Es menester saber que esta sentencia ha sido basada en la falta de necesidad y desproporcionalidad que exigía la medida -materia de acción de amparo-, ya que resulta ser una transgresión a los derechos al libre desarrollo de la personalidad y al libre tránsito, es decir, mi derecho jamás puede vulnerar el de otro, cada animal humano decide y adquiere el compromiso de tener o no en su vida a una mascota, todo gira de acuerdo al libre albedrío. Es por ello que ahora nadie puede prohibir que tengamos una mascota en un edificio, ni limitar su libre paso en áreas comunes a la convivencia. Se resuelve la inaplicabilidad del reglamento interno del edificio que prohibía mascotas, ya que sus cuidados y actos tendrán que ser dirigidos por el propietario, es aquí donde se encuentra una de las causas más importantes de esta medida donde prima el Principio de Dependencia que siempre tendrá el animal no humano en relación con el animal humano; es nuestro deber procurar el bienestar animal y garantizar la tenencia responsable; a su vez, resaltar que la medida tiene un tenor de valor superlativo por el cual es fundada dicha demanda; esta se refiere a la regulación de uso de perros guía para personas con discapacidad visual, resultaría absurdo que un animal no humano no pueda ingresar a un predio ya que impera la vida y salud de su propietario. Como lo mencionamos en uno de nuestros artículos, en Perú existe la Ley 29830 que promueve el Conadis (Consejo Nacional para la integración de la Persona con Discapacidad), la cual garantiza el libre acceso de las personas con discapacidad visual junto con sus perros guía a lugares públicos o privados, así como transporte y centros laborales. El Derecho Animal como rama va tomando cuerpo en Perú; sin embargo, el desnivel en la categoría jurídica de los animales no humanos en el código civil sugiere un anclaje procesal; empero, la “sintiencia” comprobada de los animales es nuestro mejor alegato para ejecutar la consideración moral que ellos tienen y por ende la que inserta sus derechos, no solo derechos en al ámbito penal -maltrato- sino también en el tan esperado título de sujetos de derecho.