¿En qué consiste el principio de reciprocidad?
Ahora que el Perú también decidió exigir visa a los ciudadanos mexicanos para ingresar en nuestro territorio, valiéndose del principio de reciprocidad, dado que el Gobierno azteca, preliminarmente restableció este requisito que había sido levantado en 2012 para nuestros nacionales, explicaré su naturaleza jurídica, pues hay mucho error y confusión. En primer lugar, conviene delimitar que este principio se aplica, stricto sensu, en el marco del derecho internacional, que es el mundo de las normas jurídicas fuera del derecho interno o nacional en que interactúan los denominados sujetos del derecho internacional (Estados, organizaciones internacionales, movimientos de liberación nacional, grupos beligerantes, etc.), y en el ámbito de las relaciones internacionales, que es la ciencia del poder mundial y de las pugnas en el globo entre los diversos actores internacionales. En segundo lugar, ahora sí diremos que este principio consiste en el otorgamiento de tratamientos, beneficios, facilidades, ventajas, etc., (reciprocidad positiva) y exigencias, requisitos, condiciones, obligaciones, desventajas, etc., (reciprocidad negativa), entre todas las entidades que intervienen en el sistema internacional, actuando en armonía –momento de la paz y la estabilidad mundial– o en contradicciones o procesos dialécticos –momento de las guerras y de los conflictos internacionales–.En tercer lugar, la reciprocidad es muy importante porque tiende a traducir comportamientos y sus consecuencias de igualdad, equidad, justicia, solidaridad, etc., entre los sujetos (tienen derechos y deberes y asumen responsabilidad jurídica) y entre los actores (los sujetos y otros actores convencionales o no convencionales), o entre los primeros y los segundos.
Por la reciprocidad lo primero que se evalúa es la causa y el tamaño de la consecuencia de las medidas que se adopten. Con todo lo anterior, entonces, es muy importante tener presente que la reciprocidad, por ejemplo, entre Estados, se da en la idea que no se produzca en ningún caso un desequilibrio o desbalance en las interacciones interestatales porque de lo contrario podría acarrear efectos perjudiciales que no serían precisamente nada recíprocos. Me preguntó ayer un alumno por qué existe la reciprocidad negativa y le expliqué que, por constituir una consecuencia de otra preliminar, igualmente negativa. Si México nos exige visa, entonces nosotros también debemos hacerlo, no habiendo más alternativa, y eso hay que decirlo con la responsabilidad que la explicación de este principio nos exige, más allá que todo este entuerto pudo evitarse, pero esto último no es objeto de esta columna. Sigamos. Será positiva, en cambio, si en el caso que México decidiera levantarla, el Perú, inmediatamente, y con seguridad, hará lo mismo. Los Estados son iguales jurídicamente –es verdad que no lo son en los ámbitos político, económico, militar, tecnológico, cultural, etc.–, y esa es una base ontológica de la reciprocidad que debe ser siempre valorada. Generalmente se tiende a confundir a la reciprocidad negativa con un acto reactivo, de venganza o hasta de represalia. Nada de eso.
La reciprocidad negativa se produce precisamente porque constituye un imperativo de los Estados en su relacionamiento cuidando el supremo valor de la dignidad nacional que nunca debe ser menoscabada. Solo el poder impone la excepción a la regla y eso también lo voy a explicar. Siendo que las soberanías de los Estados son jurídicamente iguales, como sucede con la de Estados Unidos de América y del Perú, nótese cómo Washington nos exige visa para ingresar en su territorio y nuestro país no.
Lo anterior no significa que el derecho internacional no valga. Nada de eso. Sin derecho internacional el mundo hace rato habría involucionado hasta el tiempo de los Picapiedra. Se trata de realismo político que debe ser aceptado porque siendo los Estados –repito– iguales jurídicamente, jamás lo serán en el tamaño y en el monopolio del poder. Finalmente, convendrá recordar que gracias a la reciprocidad es que los Estados al vincularse unos a otros afirman en mayor medida el principio de solución pacífica y de la interdependencia. No critiquemos a la Cancillería por haberla decidido si no por no haberla evitado. Siempre digamos la verdad.
*Excanciller del Perú e Internacionalista
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