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Es un derecho, animal: la humanización de las mascotas

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Fecha Publicación: 03/11/2023 - 21:20
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Teniendo su espacio en muchos hogares, recibiendo celebraciones de cumpleaños con infaltables invitados, ser parte de divertidas anécdotas que roban más que una sonrisa, acompañantes permanentes de más de un paseo diario (a pie, en brazos, en choche y vehículos) con zapatos y trajes especiales para la ocasión, tratamos a nuestras mascotas como miembros de la familia.

El término mascota proviene del francés “mascotte”, que significa ‘amuleto’, en el sentido que el o los animales que servían de compañía al ser humano le aportaban suerte. De ahí que muchos colegios, clubes, equipos, entre otros, adopten una mascota particular.

Sin embargo, de este origen utilitario y del trato como cosas o muebles (Código Civil Peruano, 1984), en la medida que pueden trasladarse de un lugar a otro, las hemos humanizado y atribuido derechos que le eran propios a la naturaleza humana.

Este proceso de humanización, definido como la asignación de emociones humanas a otros seres que propiamente no lo son, ha dado fruto al llamado derecho animal. Derecho que contiene obligaciones y tratamientos de educativos (adiestramiento) y de control de conducta, tales como: manejo de emociones (ira o irritabilidad), estrés y ansiedad (paseos, baños, peluquerías, gimnasios, spa) y uso de medidas de control para evitar algún daño a terceros ante un incontrolable y feroz instinto.

El logro del reconocimiento de los derechos animales ha sido una dura y peluda batalla y se basó en la sensibilidad de las mascotas, evitar su dolor, reconocer que pueden experimentar emociones y demostrarnos que son sabiamente inteligentes.

Dentro de los países que han legalmente humanizado a las mascotas tenemos a: Alemania, Austria, Francia y Suiza que los reconocen como seres vivos y sensibles, India con derechos particulares a los delfines, Nueva Zelanda con un Acta de Bienestar Animal (2015).

n Perú tenemos un reconocimiento similar y lo encontramos en la Ley de Protección de Bienestar Animal (Ley 30407, 2016) que tiene por objeto proteger la vida y salud de los animales vertebrados, domésticos o silvestres mantenidos en cautiverio, impedir el maltrato, la crueldad, el sufrimiento innecesario, lesión o muerte, e incluso se contempla la posibilidad de la llamada “muerte digna”. En esta norma encontramos las disposiciones del delito de crueldad animal con sanción de pena privativa de libertad de hasta cinco años.

Como hemos visto, las mascotas han pasado de ser cosas a sujetos de derechos y, en muchos países, tienen más derechos que los propios ciudadanos. Recordemos lo que nos dejó el francés Víctor Hugo, “Los animales son de Dios. La bestialidad es humana”.

Abogado, docente universitario, consultor legal

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