ÚLTIMA HORA
PUBLICIDAD

Exclusión de EsSalud del Decreto Legislativo 1666

Imagen
Fecha Publicación: 06/06/2025 - 21:50
Escucha esta nota

El 12 de agosto de 1936, con la promulgación de la Ley 8433, se crea el Seguro Social Obrero Obligatorio, constituyendo el punto de inicio de la seguridad social en el Perú, y uno de los primeros en Latinoamérica. Aun cuando doctrinaria y conceptualmente no alcanzamos el principio sustancial de dar cobertura universal a toda la sociedad peruana, actualmente la población asegurada supera los 13 millones de habitantes, 35 % de la población peruana.
En 1948, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en su artículo 22°, le otorga a la seguridad social categoría de derecho humano: “Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener… la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad”.
En nuestro país, la seguridad social siempre ha estado sujeta a los avatares de los gobiernos de turno. En el gobierno de Fujimori se crea EsSalud como la institución encargada de administrar la “seguridad social en salud”, lo que constituye una tautología, pues no existe una seguridad social en salud o una seguridad social en pensiones; la seguridad social es única, y como tal, otorga prestaciones de salud, sociales y económicas, todas relacionadas con el bienestar del ciudadano.
Con el devenir del tiempo, algunos gobiernos han desnaturalizado y debilitado la seguridad social y las prestaciones que brindan, fundamentalmente las prestaciones de salud. Otros gobiernos, más temerarios, intentan apropiarse de los recursos de la seguridad social, cuyo financiamiento procede de los aportes que los empleadores realizan en nombre de los asegurados, y que a la postre son aportes de los asegurados porque así lo manda la ley. Esto es lo que ha pretendido el gobierno actual cuando, el 24 de setiembre de 2024, emite el Decreto Legislativo 1666, incluyendo a EsSalud en la “gestión fiscal de los recursos humanos”, pretendiendo así apropiarse de sus recursos económicos cuya intangibilidad está garantizada en el artículo 12 de la Constitución Política.
El 5 de junio, luego de ocho meses de estar regidos bajo una norma inconstitucional, en sesión del Pleno del Congreso, con 90 votos, se aprobó la exclusión de EsSalud del Decreto Legislativo 1666, gracias al entendimiento de los congresistas y a un accionar persistente de asegurados y trabajadores. Este es el inicio de una larga lucha para que EsSalud recupere su autonomía, otorgue atenciones dignas a los asegurados y aleje la sombra de grupos empresariales que ven la salud como una mercancía que les genere más riqueza sin interesarles el bienestar de los asegurados.

Por Santiago Vinces Rentería

(*) Secretario General del SINAMSSOP

Mira más contenidos siguiéndonos en FacebookXInstagramTikTok y únete a nuestro grupo de Telegram para recibir las noticias del momento.