Extorsión de alto vuelo
Nuestro Código Penal tipifica en el artículo 200º el delito de Extorsión como aquella conducta que se materializa cuando alguien “mediante violencia o amenaza obliga a una persona o a una institución pública o privada a otorgar al agente o a un tercero una ventaja económica indebida u otra ventaja de cualquier índole”.
Analizado lo sucedido en los últimos meses y sobre todo semanas, en torno al supuesto acuerdo de colaboración que un par de fiscales de nivel mínimo e intermedio nivel jerárquico y funcional pretenden haber celebrado con la empresa corrupta y corruptora Odebrecht, no es necesario ser especialista en materia penal sino tener un mínimo de razón o sentido común para intuir que algo muy grave está sucediendo y en relación con lo cual es fácil advertir que el Estado peruano, que integramos todos, está siendo manifiestamente perjudicado.
No solo estas autoridades han dejado de solicitar, ordenar o ejecutar contra la citada empresa y sus representantes, las medidas que sí han tomado, incluso basadas en simple sospecha y hasta repetidamente, contra ciudadanos respecto a los cuales ni indicios hay de inconducta, sino que han creado una suerte de plataforma que le permite a aquella eludir el pago de reparaciones y, peor aún, seguir lucrando del presupuesto nacional.
Es ventaja económica indebida no solo que los representantes de Odebrecht en el Perú, luego que desde el exterior fuéramos advertidos de los sobornos ocurridos aquí, hayan logrado liquidar millonarios bienes personales y expatriar su producto, por no estar tomada medida cautelar alguna, sino que a la propia empresa se le haya rebajado a montos y condiciones ridículos (como pagarla en 16 años, sin intereses) la reparación que en países menos afectados como Estados Unidos de América la decuplican. También es ventaja económica indebida el reciente pago de 524 millones de soles, hecho efectivo en lugar de compensar, o al menos afectarlo en garantía de deuda tributaria ya acotada, que la duplica.
Sin duda, el origen de esas ventajas económicas indebidas se halla en que alguno o algunos altos funcionarios del régimen resultan extorsionables por su pasado activo o complaciente con la corrupción.
Incluso, el argumento de que si no se daban esas ventajas, los infractores (por no llamarlos delincuentes) no darían información sobre sus delitos y cómplices peruanos, rebasa toda lógica de delación premiada, que se refiere a rebaja de la pena al delincuente mas no a procurar ventajas económicas indebidas. Peor aún, la excusa resultó otro fiasco.
¡Llegará el momento de investigar y sancionar esto!