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Imprevisión constitucional y política

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Fecha Publicación: 28/05/2023 - 22:00
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El artículo 115° de la vigente Constitución establece que “Cuando el Presidente de la República sale del territorio nacional, el Primer Vicepresidente se encarga del despacho. En su defecto, lo hace el Segundo Vicepresidente”. En este momento, estando a que la actual Presidenta de la República debe viajar al extranjero, resulta que, no habiendo el segundo vicepresidente, doña Dina Ercilia Boluarte Zegarra no tendría un vicepresidente que la reemplace durante su ausencia.

En tal situación legalmente es de aplicación la primera parte del mencionado artículo 115° que dice: “Por impedimento temporal o permanente del Presidente de la República, asume sus funciones el Primer Vicepresidente. En defecto de éste, el Segundo Vicepresidente. Por impedimento de ambos, el Presidente del Congreso. Si el impedimento es permanente, el Presidente del Congreso convoca de inmediato a elecciones”.

En caso que la presidenta Dina Boluarte se ausente del Perú, para cumplir funciones legales, y estando a que no tiene un vicepresidente que la reemplace, asumiría el cargo el presidente del Congreso. Pero estando a que su ausencia es temporal no habría la posibilidad que el presidente del Congreso convoque a elecciones. Simplemente en ausencia de la Presidenta el del Congreso asumiría el cargo hasta el retorno de doña Dina Boluarte. Debe estimarse que no existe problema al respecto.

El problema suscitado es si se le concede gobernar vía remota mientras está fuera del Perú. Para el efecto ha presentado un proyecto modificando la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo con el fin de que pueda abandonar el territorio nacional, pero con la salvedad de que siga gobernando empleando las tecnologías digitales correspondientes para tal efecto. El Congreso de la República, en el marco de sus competencias, debe precisar en la resolución legislativa autoritativa que la Presidenta de la República se mantiene a cargo del despacho en forma remota.

Este es un problema no previsto al aprobarse la Constitución de 1993 ni los políticos gobernantes desde ese tiempo tampoco lo visualizaron. En la situación actual ni el presidente del Congreso ni los congresistas desean que durante la ausencia del país de la presidenta Dina Boluarte sea “remplazada” temporalmente por el presidente del Congreso José Daniel Williams Zapata (militar retirado, fue jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, jefe de la operación Chavín de Huántar).

Se espera la aprobación y que la Presidenta cumpla sus funciones desde fuera del país.

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