Jueces caníbales
La ilegal detención del expresidente Pedro Pablo Kuczynski ha provocado el abrumador rechazo de abogados y políticos de todos los sectores, porque se trata de un atropello a una persona de 81 años, que asistía a las diligencias, cuya casa se encuentra vigilada y, más aún, porque el Código Procesal Penal, en su artículo 290, precisa que para mayores de 65 años no procede detención preliminar o preventiva, sino domiciliaria.
Más aún, el juez ha prevaricado al saltar a la garrocha diversas casaciones de la Corte Suprema que precisan los parámetros para aplicar la sanción que comentamos.
A pesar de lo expresado, dispuso diez días de internamiento a PPK, aduciendo el disparate que existía peligro de fuga. ¿Saben por qué? Porque, según su peculiar razonamiento el exmandatario cuenta con solvencia económica, pero no tiene trabajo y su arraigo domiciliario es cuestionable porque posee varias propiedades. A su chofer, José Luis Bernaola, aplica la misma sanción, pero al revés, señalando que no tiene bienes ni trabajo. Y a su secretaria, Gloria Kisic Wagner, el argumento es que hay peligro de fuga porque está desempleada y cuenta con dos viviendas.
Es verdad, aunque usted no lo crea.
Lo sucedido con el exmandatario, cuya situación jurídica solo puede definirse en un proceso judicial, hace recordar numerosos abusos cometidos por empoderados fiscales y jueces - muchas veces ante la algarabía de alguna prensa y de diversos colectivos - que disponen arbitrariamente detenciones preventivas sin sustento legal.
Ante esos excesos no debemos callar, porque de por medio están principios y valores democráticos, la libertad y el honor de las personas, la confianza de la población en sus instituciones, lo que obliga a levantar la voz cada vez que se consuma un atropello sin fijarnos en la filiación política o las ideas del afectado.
No podemos, en suma, mantenernos silentes y contritos ante una perversa modalidad de sentencia anticipada, contraria a principios sustantivos y procedimentales del derecho, que además atemoriza a quienes por una u otra razón afrontan procesos judiciales.
Por ello, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA, en sus informes del 2017 y 2018, advirtió que "la aplicación arbitraria e ilegal de la prisión preventiva es un problema crónico en la Región", "constituye unos de los signos más evidentes del fracaso del sistema de administración de justicia" y es "un problema estructural inaceptable en una sociedad democrática que respeta el derecho de toda persona a la presunción de inocencia".
Recordemos, dentro de este contexto, que más de 35 mil personas se encuentran en condición de procesadas en las cárceles del país, convertidas desde hace largo tiempo en verdaderos depósitos humanos, donde no es posible rehabilitar a los internos, porque se encuentran sobrepoblados y carecen de servicios básicos.
Quizás ello explique porque de
112,526 reclusos censados por el INPE, 22,635 tienen entre dos y cinco reingresos y 1,269 entre seis y doce.
El exceso de detenciones preliminares, sin duda contribuye a incrementar la sobrepoblación de los penales y con ello la crisis humanitaria.
Estos hechos deben comprometer al Estado a iniciar una profunda reforma del sistema penitenciario, pero también del Código Penal y de Procedimientos Penales, para limitar excesos y abusos como el que comentamos.
Sorprende, sí, que este tema tan importante no se haya considerado en las reformas propuestas por el Gobierno; sin embargo, hay tiempo para que se planteen.