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Junta Nacional de Justicia

Fecha Publicación: 08/02/2019 - 22:20
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El Congreso de la República aprobó, por amplia mayoría, el texto de la Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia, organismo que reemplazará al desactivado Consejo Nacional de la Magistratura. Para ello fue necesario que las comisiones de Constitución y de Justicia del Parlamento Nacional lleguen a los consensos requeridos para dar vida a la institución encargada de nombrar jueces y fiscales, destituirlos, sancionarlos y ratificarlos no solo cada siete años, sino también cada tres años y medio.

Los jueces del Perú nos hemos pronunciado orgánicamente con el mejor ánimo de apoyar la iniciativa y contribuir, contundentemente, a la lucha contra la corrupción, en todos los niveles. Desde la ciudad de Arequipa, los 35 presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país, el jefe de la Oficina de Control de la Magistratura, los miembros del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, liderados, todos ellos, por su presidente José Luis Lecaros, alertaron por la falta de consensos que en ese momento ponían en riesgo la esencia de la institucionalidad del mandato que el pueblo había aprobado en el referéndum último.

En un pronunciamiento público, los magistrados se dirigieron al Congreso de la República para que tomen en cuenta las observaciones planteadas por la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia. “Nos preocupa -decían los jueces del país- especialmente el enfoque con el que se desarrollen la ratificación y la evaluación parcial de desempeño, que lesiona el principio constitucional de independencia judicial, lo que afectaría directamente la calidad de la justicia al servicio del ciudadano”.

Han sido hasta diez los aspectos que dieron pie a las observaciones del proyecto alcanzado al Congreso de la República, debidamente sustentadas no solo a la luz de experiencias nacionales, sino del análisis de la legislación comparada con otros países que han vivido situaciones similares de reformas.

Es importante, por ello, destacar que cualquier cambio debe de sustentarse en apego estricto a la norma constitucional que nos rige. De ahí que el PJ ha señalado que “el desarrollo constitucional de la ratificación supone ser efectuada con parámetros objetivos conforme a las recomendaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y Organismos Internacionales. Además, el espíritu constitucional de la reciente reforma en cuanto a la evaluación parcial de desempeño es estrictamente académica”.

Esta afirmación se plantea con el ánimo de colaborar en el debate, sin aceptar tales formas de socavar la inamovilidad del juez, así como su independencia; tanto más que el propio Defensor del Pueblo ha señalado que se debe sancionar a los jueces por sus resoluciones, olvidando que los magistrados hace siglos dejamos de ser boca de la ley. Para ser intérprete de ella y así garantizar la defensa de los derechos fundamentales consagrados en la constitución, se pretende acaso tener jueces sometidos al poder político, o jueces que creando jurisprudencia enriquecen el derecho de todo ciudadano a tener un Poder Judicial académicamente preparado y por ende independiente. Para sancionar a los jueces por sus fallos está el delito de prevaricato con sus características propias, mas no se puede sancionar los criterios de interpretación de una norma, ello sería retornar al oscurantismo judicial en pleno siglo XXI, debemos estar atentos. La Declaración de Arequipa emitida a la luz de la reunión de los presidentes de Cortes Superiores ha sido contundente: “Los jueces de la República no nos oponemos a los sistemas de control que sancionen las conductas funcionales, pero consideramos fundamental que estos mecanismos no vacíen de contenido la independencia y autonomía del PJ consagrado constitucionalmente”, hemos dicho.

La norma aprobada en el Congreso es perfectible, no se encuentra incluidos temas como la paridad de género, o la labor primordial que debe tener la Academia de la Magistratura en la preparación de jueces y fiscales (dos años), y solo accederán los que aprueban la curricula respectiva. Esperamos que el Ejecutivo y el Legislativo tomen en cuenta la totalidad de lo aportado por la Sala Plena de la Corte Suprema, fiel reflejo de la Magistratura Nacional.

 

(*) Juez Supremo