La “ideología” del Ministerio de Educación
El Art. 159 de la Constitución Política del Perú señala que le corresponde al Ministerio Público, inc. 3 “Representar en los procesos judiciales a la sociedad”, inc. 4 “Conducir desde su inicio la investigación del delito...”, e inc. 5 “Ejercitar la acción penal de oficio o a petición de parte”.
El Código Penal prevé en el Art. 183-A “El que posee, promueve, fabrica, distribuye, exhibe, ofrece, comercializa o PUBLICA, importa o exporta por cualquier medio objetos, LIBROS, escritos, imágenes, videos o audios…, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de seis ni mayor de diez años y con ciento veinte a trescientos sesenta y cinco días multa. La pena privativa de libertad será no menor de diez ni mayor de doce años y de cincuenta a trescientos sesenta y cinco días multa cuando: 1. El menor tenga menos de catorce años de edad. 2. EL MATERIAL PORNOGRÁFICO SE DIFUNDA A TRAVÉS DE LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN O DE LA COMUNICACIÓN”.
El Código de los Niño y Adolescentes contempla en el Art. IX: “En toda medida concerniente al niño y al adolescente que adopte el Estado a través de los PODERES EJECUTIVO, Legislativo y Judicial, del Ministerio Público, los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y sus demás instituciones, así como en la acción de la sociedad, se CONSIDERARÁ EL PRINCIPIO DEL INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE Y EL RESPETO A SUS DERECHOS.
El Art. 15 del citado código especifica que el Estado garantiza que la educación básica comprenda: a) El desarrollo de la personalidad, las aptitudes y la capacidad mental y física del niño y del adolescente, hasta su máximo potencial, b) El respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales y c) La promoción y difusión de los derechos de los niños y adolescentes.
El Art. 25 señala que el Estado garantiza el ejercicio de los derechos y libertades del niño y del adolescente consagrados en la ley, mediante la política, las medidas, y las acciones permanentes y sostenidas contempladas en el presente Código.
Con esta jurisprudencia basta y sobra para que el Ministerio Público inicie las acciones en salvaguarda de los escolares, ante el vejamen del Ministerio de Educación.
Yo no acepto las disculpas de la ministra, usted como titular del sector tiene responsabilidad política, así como toda la pléyade de asesores, consultores y funcionarios del ministerio.
Los textos escolares que van dirigidos a los menores están promoviendo en su contenido el sexo como interacción social de la persona, tal como lo impulsa la comunidad LGTB.
La ministra de Educación faltó a la verdad en la Comisión de Educación del Congreso, ya que además de los libros de tercero de secundaria, también los de primero y segundo incluyen estos contenidos con tales aberraciones.
Hay un grupo enquistado en el Ministerio de Educación que busca polemizar con la familia peruana ante la negativa a ciertas orientaciones sexuales.
Ser moderno no significa mancillar la inocencia de los niños, ni pisotear principios morales consagrados.