La jerarquía normativa
La jerarquía normativa ha sido un concepto presente desde los primeros sistemas jurídicos de la antigüedad. Un ejemplo claro se encuentra en Roma, donde las leyes (lex) promulgadas por el pueblo romano prevalecían sobre otras normas de menor rango. Sin embargo, la formalización de la jerarquía normativa, como un principio legal clave, se consolidó en la era moderna, con la instauración del Estado de Derecho y la aparición de constituciones escritas durante los siglos XVIII y XIX.
Uno de los hitos más importantes en este proceso fue la Revolución Francesa de 1789, que condujo a la promulgación de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano. En este documento fundamental se estableció, por primera vez, el principio de supremacía constitucional. Las constituciones que comenzaron a surgir en esta época no solo limitaban el poder de los gobernantes, sino que también otorgaban derechos fundamentales a los ciudadanos, consagrando la idea de que la Constitución debía ocupar el lugar más alto en la jerarquía normativa de cualquier sistema jurídico.
La jerarquía normativa se refiere, por tanto, al orden de prelación que existe entre las diferentes normas jurídicas dentro de un sistema legal. Este orden suele estructurarse de la siguiente manera: en la cúspide se encuentra la Constitución, seguida por los Tratados Internacionales de Derechos Humanos, las Leyes Orgánicas y Ordinarias, los Decretos Legislativos y de Urgencia, los Reglamentos, y finalmente, las normas de carácter general y privado.
La Constitución, en la mayoría de los sistemas jurídicos, es la norma suprema. En ella se establecen los principios fundamentales del Estado, su organización, y los derechos y deberes de los ciudadanos. Los Tratados Internacionales de Derechos Humanos, según la Cuarta Disposición Final y Transitoria de la Constitución Peruana y el artículo VIII del Título Preliminar del Código Procesal Constitucional, así como la Sentencia del Tribunal Constitucional STC 0047-2004-AI/TC del año 2006, sirven para interpretar y complementar los derechos reconocidos en la Constitución.
Las Leyes Orgánicas y Ordinarias, emitidas por el Poder Legislativo, desarrollan y complementan la Constitución y regulan aspectos esenciales de la vida social y económica. En este rango también se incluyen los Decretos Legislativos, Decretos de Urgencia y las Ordenanzas Regionales y Municipales, además de las Sentencias de Inconstitucionalidad. Luego, los Decretos y Reglamentos, emitidos por el Poder Ejecutivo, ocupan un rango inferior, y su función principal es desarrollar y aplicar las normas legales. Por último, están las disposiciones de organismos públicos con alcance general y las disposiciones particulares, como los actos administrativos, sentencias judiciales y contratos.
Este orden jerárquico es fundamental para resolver conflictos normativos mediante el principio de prevalencia: una norma de menor jerarquía no puede contradecir a una de mayor jerarquía. Si lo hace, puede ser declarada nula o inaplicable.
Como bien señaló el jurista Hans Kelsen en su obra Teoría pura del derecho (1934), la jerarquía normativa es esencial para entender el derecho como un sistema coherente de normas interrelacionadas, en el cual cada una de ellas encuentra su validez en una norma superior. Esta estructura asegura no solo la coherencia y estabilidad del sistema jurídico, sino también la protección efectiva de los derechos y libertades fundamentales de todas las personas.
* Abogado, docente universitario, consultor legal
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