La JNJ y la facultad constitucional del Congreso
El artículo 157 de la Constitución establece que el Congreso puede remover, con 87 votos, a los integrantes de la Junta Nacional de Justicia por causa grave. A pesar de la chilla caviar que hemos soportado en los últimos días, el Parlamento está facultado constitucionalmente para destituir a cualquier miembro de la JNJ, cuestionado organismo que fue creado a imagen y semejanza del lagarto Martín Vizcarra.
Es así que, tomando como fundamento dicho artículo de la C-93, la Comisión de Justicia llevará a cabo una investigación sumaria en contra de los juntistas, quienes eventualmente podrían relevados por emitir un pronunciamiento colegiado para evitar que el Congreso inhabilite a la exfiscal de la Nación Zoraida Ávalos, como finalmente ocurrió por su blindaje al golpista expresidente Pedro Castillo.
Una de las principales funciones del Parlamento es fiscalizar, de tal manera que ningún organismo estatal puede quedar exento del control político de la Representación Nacional. Ahora bien, no es dable tampoco que el Legislativo se tumbe de golpe a los 7 miembros de la JNJ: para cumplir con el debido proceso, cada caso debe ser individualizado, en pos de determinar la falta que habría cometido cada juntista.
Por lo pronto, Inés Tello es quien debe ser expectorada por mantenerse en la JNJ, a pesar de tener más de 75 años, como establece la Constitución, y por filtrar a IDL la información de la investigación que estaba desarrollando en contra de la fiscal de la Nación, Patricia Benavides, cuya recomendación era que esta sea sometida a un proceso disciplinario. Fue, precisamente, por este juego sucio que el Poder Judicial admitió la medida cautelar interpuesta por Benavides y ordenó que la JNJ suspenda todas las indagaciones preliminares que le había abierto a la titular del Ministerio Público.
Es tiempo de que alguien fiscalice al fiscalizador, porque la JNJ viene aplicando la ley a su antojo para sancionar a sus enemigos y proteger a sus amigos. “Para mis amigos todo, para mis enemigos la ley”, debería ser el eslogan de esta entidad lagartista. Como bien recordará el lector, la JNJ destituyó a los exfiscales supremos Pedro Chávarry y Tomás Gálvez, pero solo suspendió por 30 días al juez supremo César San Martín, pese al favor que le pidió a Walter Ríos, uno de los cabecillas de ‘Los Cuellos Blancos del Puerto’, en un proceso familiar.
También urge que el Tribunal Constitucional delimite, en el menor tiempo posible, las competencias de la Junta Nacional de Justicia: no puede ser posible que Patricia Benavides sea investigada por casos que nada tienen que ver con actos funcionales, sino con meros temas de gestión, como la remoción de una fiscal, que es una competencia que ella tiene como titular del MP. Incluso, la fiscal suprema corre el riesgo de ser desaforada por el simple hecho de recibir una condecoración de la Municipalidad de Lima. Un abuso totalmente inaceptable que el TC tendría que detener.
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