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La ley de la selva

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Fecha Publicación: 09/07/2021 - 00:00
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Lo que ocurrió el lunes de noche en los vericuetos del eje de la injusticia e ignominia en que han tornado al poder Judicial, confirma que acá no existe Estado de Derecho. Acá prima la anomia sobre la ley; y el abuso del poder es ahora una práctica usual. Pongamos las cosas en contexto. Esto precisa al artículo 201 de la Constitución:
“El Tribunal Constitucional es el órgano de control de la Constitución. Es autónomo e independiente. Se compone de siete miembros elegidos por cinco años. Los miembros del Tribunal Constitucional son elegidos por el Congreso de la República con el voto favorable de los dos tercios del número legal de sus miembros. No pueden ser elegidos magistrados del Tribunal Constitucional los jueces o fiscales que no han dejado el cargo con un año de anticipación.”
En castellano, señora Elva Barrios, presidente de la Corte Suprema, quiere decir que la Constitución ordena que los integrantes del TC sean elegidos sólo por cinco años para ejercer ese cargo. No habla de prórrogas ni nada por el estilo. En consecuencia, cinco de siete tribunos han sobrepasado largamente este plazo. Primera falta, cortesía del sistema político encargado de ejecutar la Carta Magra. De otro lado la Constitución encarga exclusivamente al Congreso la facultad para escoger a los integrantes del TC. Vale decir que este, como cualquier otro Congreso elegido siguiendo los cánones de la Carta, está facultado a designar a los tribunos en el momento que decida, sin estar sujeto a interpretaciones antojadizas ni a taxativas sacadas de alguna chistera. Como ese amparo lanzado por una juez supernumeraria (es decir suplente) Soledad Amparo Blacido Báez. Esa misma juez que desechó la denuncia contra el miserable Vizcarra y el impresentable premier Zeballos por cerrar el Parlamento. Una sujeta incapacitada para esta función, por ser apenas juez de primera instancia del 11 Juzgado Transitorio Laboral –encima provisional- quien se arroga la autoridad para embestir a un poder del Estado, expresamente facultado por la Carta para cumplir con aquellas obligaciones que esta supuesta letrada temerariamente pretendió coartarle.
Es manifiesta la concurrencia del miserable Vizcarra detrás de este operativo violatorio de la Constitución. Porque persigue el mismo objetivo que tuvo el golpe de Estado que perpetró el 30/9/20: mantener atornillados en su trono a aquellos cuatro tribunos que, sistemáticamente, votan contra cualquier medida que afecte los intereses de Vizcarra. Que no son otros que continuar manteniendo poder, inclusive estando destituido de la presidencia por gravísima inconducta. Y la forma más clamorosa en que Vizcarra hace gala de su fuerza es manipulando el Tribunal Constitucional. Porque si al final del día, algún poder del Estado incumple constitucionalmente su funcion, y sucede que cuatro miembros del TC (Ramos, Ledesma, Miranda, Espinosa) violentan la Carta votando a favor de aquella decisión inconstitucionalmente adoptada –como cuando validaron la constitucionalidad del golpe de Estado de Vizcarra cuando cerró el Legislativo- pues sencillamente ocurre lo que estamos viviendo en el Perú: que no rige un Estado de Derecho sino que priman los intereses de Martín Vizcarra.

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