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La máxima traición

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Fecha Publicación: 23/03/2024 - 21:20
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El horror que vivió la pequeña hija de Kristel Candelario no se puede describir. Una bebé de 10 meses abandonada a su suerte por su madre que decidió irse de vacaciones dejándola completamente sola con algunas botellas de leche en su corralito.

Una niña que sufrió el abandono mas cruel que puede sufrir un ser inocente, que no puede defenderse. Un acto de violencia contra una menor de edad que el juez Brendan Sheehan, del Tribunal de Causas Comunes del condado de Cuyahoga de Ohio, supo sancionar con la pena de cadena perpetua sin derecho a libertad condicional.

En efecto, el acto de abandonar a un hijo no es solo inhumano, es un delito, pero en nuestro país, el abandono parental no es sancionado como se debe. En primer lugar, el artículo 6 de nuestra Constitución Política señala en forma expresa “es deber y derecho de los padres alimentar, educar y dar seguridad a sus hijos”, lo cual debería ser desarrollado por las leyes atribuyéndole la importancia y la gravedad que tiene el acto de no cumplir con tal disposición constitucional. El Derecho de Familia, sanciona con la suspensión o la extinción de la patria potestad a los padres que abandonan de manera moral y/o económica a sus hijos, decisión judicial que debe estar debidamente motivada y proporcional al estado de abandono en el que se encuentra el menor de edad, conforme lo ha establecido el Tribunal Constitucional en la sentencia emitida en el Exp. Nº 02302-2014-PHC/TC.

Pero qué sucede cuando estamos ante el abandono con exposición al peligro de un menor como el que sufrió la pequeña hija de Candelario, que por su edad dependía en todo sentido de su madre, para alimentarse, para hacer sus necesidades fisiológicas, vestirse, etc.

Pues bien, el Código Penal en su artículo 128, sanciona con pena privativa de la libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años, al agente con vínculo de parentesco consanguíneo o si la víctima es menor de 14 años de edad; en caso que se produzca lesión grave o la víctima fallezca, la pena será no menor de cuatro ni mayor de ocho años.

¿Acaso, la ley peruana, le hubiera hecho justicia a la pequeña Jailyn?
En un país donde la violencia familiar sigue presentando cifras altas y donde son los niños los que principalmente, sufren violencia y abandono en sus hogares, se hace necesario que las normas que regulan todas las formas de abandono, y sobre todo aquella que representa una exposición al peligro de los menores de edad, resulten coherentes y armónicas con el fin que defienden, es decir la seguridad física, moral y económica del menor de edad, más cuando los que atentan contra esa seguridad son sus propios padres. Porque en efecto, tal como lo dijo el juez Sheean, dejar a un hijo desprotegido y expuesto al sufrimiento, es un acto máximo de traición.

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