La paradoja sobre las decisiones colectivas que nadie quería
Una familia viaja bajo el inclemente sol hasta llegar a la hora de almorzar. Al regresar, todos satisfechos confiesan que en realidad no querían ir, pero aceptaron por creer que los demás sí lo deseaban. Así narra la Paradoja de Abilene (Texas, EE. UU.), formulada por el profesor Jerry B. Harvey en 1974 (The Abilene Paradox: The Management of Agreement), en la que muestra cómo los grupos pueden tomar decisiones que ningún miembro realmente desea por miedo a desentonar con lo que creen que es la opinión de la mayoría.
Si bien este fenómeno surgió de la psicología organizacional o la sociología, tiene una alta connotación jurídica y política, especialmente en nuestro Perú, donde se han tomado decisiones institucionales, legislativas y judiciales aparentemente unánimes, pero que en el fondo no convencen a nadie.
Nuestro Perú, país mágico, intercultural y con débiles canales de deliberación, parece haber ido a “Abilene” más veces de las que podemos recordar, de tomas de decisiones erradas sin oposición, debido a la ilusión de consenso, o el deseo de llegar a acuerdos, aun falsos, que estuvieron motivados por el afán de evitar confrontaciones.
El profesor Harvey indica que los individuos experimentan ansiedad al imaginar el posible rechazo si expresan su verdadero deseo, y así, todos terminan apoyando algo que nadie quiere (Harvey, J. B., 1974). Para muestra, tenemos a las autoridades electas, normas legales aprobadas y decisiones que resuelven conflictos que cuesta entender su razón de ser, todo a causa de la trampa del conformismo silencioso.
En este contexto se requiere de un aparente consenso, en el que todos parecen estar de acuerdo, pero cada miembro internamente disiente y no se expresa por temor al conflicto o a ser marginado; una disonancia colectiva, que produce frustración y desconexión porque no refleja las verdaderas voluntades individuales; y una delegación pasiva, en la que nadie toma responsabilidad real, porque cada uno cree que solo sigue la voluntad ajena. La autoridad se diluye. Todo ello aparenta un consenso y la realidad es que carece de convicción.
Para muestra, tenemos al referéndum constitucional de 2018, que promovió una reforma sin reforma, producto del escándalo de los “CNM audios”, cuando el Congreso, presionado por la opinión pública, aceptó tramitar reformas que en su mayoría no compartía (v. gr., no reelección inmediata de congresistas), que fueron respaldadas por unanimidad en el Congreso y validadas masivamente en el referéndum.
Otro caso es la disolución del Congreso en 2019, bajo el argumento de la denegación fáctica de confianza. Se tomó la decisión y muchos sectores saludaron la medida. No obstante, jurídicamente se generó un vacío. El Tribunal Constitucional, en la STC N.º 0006-2019-CC/TC y con 4 votos contra 3, convalidó la decisión, pero sin un fundamento claro que definiera los límites de la “denegación fáctica”.
La vacancia presidencial por “incapacidad moral permanente” entre 2020 y 2022. Un concepto no definido, pero sí indicado en el artículo 113.2 de la Constitución de 1993. El Congreso vacó a Martín Vizcarra y luego intentó vacar a Pedro Castillo repetidas veces, hasta que este intentó un golpe fallido y terminó preso. ¿Realmente los legisladores, los expertos y los ciudadanos querían esto? ¿O simplemente nos sumamos al camino a “Abilene” para evitar contrariar a una “voluntad popular” manipulada?
Como nos indicó el filósofo Francisco Miró Quesada Cantuarias: “Educar no es llenar un recipiente, sino encender una llama”. Solo con pensamiento crítico se evita que el derecho repita errores disfrazados de consenso.
(*) Abogado, docente universitario, consultor legal
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