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La persona y sus derechos

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Fecha Publicación: 02/05/2019 - 22:00
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De acuerdo al ordenamiento constitucional y jurídico en el Perú, así como en los demás países, la Constitución Política o Ley de leyes prevalece sobre toda norma legal, la ley, sobre las normas de inferior jerarquía y así sucesivamente (Artículo 51 de la Carta Magna).

La misma que establece y prevé que “Toda persona tiene derecho:” (Artículo 2) “A la igualdad ante la ley. Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera otra índole” (inciso 2).

“Toda”, de acuerdo a la Real Academia Española (RAE) significa “Totalidad de los miembros”, esto quiere decir que están incluidos todos.

El Código Civil establece en los “Derechos de la Persona” (¿Y qué es persona? De acuerdo a la Real Academia Española (RAE) “Individuo de la especie humana. Hombre o mujer. Sujeto de derecho”) Artículo 3 “Toda persona tiene el goce de los derechos civiles, salvo las excepciones expresamente establecidas por ley”, el Artículo 4 “El varón y la mujer tienen igual capacidad de goce y de ejercicio de los derechos civiles” y el Artículo 5 contempla “El derecho a la vida, a la integridad física, a la libertad, al honor y demás inherentes a la persona humana son irrenunciables y no pueden ser objeto de cesión”.

La Declaración Universal de Derechos Humanos, de la cual el Perú es Estado Parte, especifica en su preámbulo “…el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana” y añade “…la igualdad de derechos de hombres y mujeres”. El Artículo 2 prevé que “Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición” y el Artículo 7 señala que “Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación”.

La Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José) especifica en su Artículo 1 que “Los Estados Partes en esta Convención se comprometen a respetar los derechos y libertades reconocidos en ella y a garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona que esté sujeta a su jurisdicción, sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social”.

Ser hombre o mujer no tiene ventajas, ser católico o protestante tampoco, ser culto o ignorante menos.

Asombra como una minoría pretende cambiar cánones que vienen desde la época del Imperio Inca y más aún pretenden torcer la voluntad de Dios.

Entendamos que gracias a Dios tenemos vida, existimos y la ley del hombre jamás podrá ir contra la ley de Dios.