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La Sunat y los contenidos digitales

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La ira de los ilegales.
Fecha Publicación: 27/06/2023 - 22:10
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Un estudio de Influencity (la plataforma más grande de Influencer Marketing) revela que la inversión en publicidad digital en Latinoamérica creció cuatro veces entre 2020 y 2022. Se incrementó de US$ 7,920 millones a US$ 34,700 millones. Revela también que en Perú existen alrededor de 73,000 influencers (la Sunat sólo identificó 250 el año pasado). Los 50 con mayores visualizaciones registraban movimientos financieros por S/ 80 millones en un año. Estas personas están obligadas desde el año pasado a registrar sus ganancias como rentas de tercera categoría por servicios comerciales o de índole similar.

Vista esta veta de ingresos para el erario, en febrero el Gobierno publicó el Decreto Legislativo N° 1524, el cual exige a toda persona o empresa –sin importar el número de seguidores– que promocione productos o servicios por cualquier medio digital (plataformas digitales de comercio electrónico, redes sociales, páginas web, correos publicitarios, aplicaciones móviles, etc.) a consignar razón social o RUC en sus publicaciones. De no hacerlo recibirían una sanción de hasta 30% UIT (S/ 1 ,485).

El Informe 000044-2022 que Sunat presentó la semana pasada intentó descifrar lo que entraría en vigencia desde este sábado 1 de julio. El problema es que la norma y el Informe no definen criterios claros que diferencien contenidos publicitarios, promocionales o noticiosos. Sin estas definiciones la norma se convertiría en una herramienta perversa que desincentivará la actividad empresarial digital en vez de promoverla. La historia de siempre. ¡Más informalidad!

¿Por qué antes de pensar en cobrar impuestos no se detuvieron a pensar en la naturaleza empresarial del negocio digital? Bastaba reunir a un grupo de expertos en una mesa de trabajo para mejorar la norma. Diferenciar entre contenidos publicitarios, noticiosos y utilitarios es fundamental para saber si detrás existe una relación comercial. Ocurre lo propio con los personajes que difunden información y con los espacios digitales donde estos se expresan.

¿Por qué no iniciar el proceso de formalización con una campaña de información y orientación al contribuyente? ¿Por qué la norma solo propone multas y no incentivos? El mercado formal de generación de contenidos digitales debería servirles como modelo. Incluye a grandes marcas y tienen métricas avanzadas en su implementación. ¡Reúnanse con ellos! Agencias publicitarias, centrales de medios y agencias de relaciones públicas. ¡Basta una llamada!

Sería bueno que los genios de la Sunat evalúen si vale la pena aplicar una norma que genera más incertidumbres que certezas respecto a la tributación de los contenidos digitales. Sus efectos podrían ser nocivos en la actividad empresarial y la reactivación económica del país.

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