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La tesis de las 200 millas que muchos confunden

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Fecha Publicación: 31/07/2023 - 21:50
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La célebre tesis de las 200 millas de soberanía y jurisdicción sobre los recursos vivos (peces) y no vivos (minerales), que está consagrada en la Constitución Política de 1993 –también lo estuvo en la de 1979– y que fue recogida intacta en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982, para nuestra mala suerte ha sido confundida en los últimos 41 años con la errada idea de que contamos un mar territorial de 200 millas, que no existe y que jamás tuvimos, no habiendo siquiera un remoto hallazgo en la historia del Derecho del Mar.

En efecto, cuando el 1 de agosto de 1947, como hoy, el entonces presidente, José Luis Bustamante y Rivero, firmó la tesis de las 200 millas –Decreto Supremo N° 781–, en realidad el Perú seguía los pasos de Chile en la construcción del denominado Nuevo Derecho del Mar, pregonando el revolucionario criterio socioeconómico del mar antes que el militar del pasado, pues frente a las actividades depredatorias de grandes flotas pesqueras de países distantes, nuestros países del Pacífico Sudeste, debieron salir al frente para asegurar la alimentación de sus poblaciones.

El propio Bustamante fue el primero en confundir la tesis al sostener, repito, que contamos un mar territorial de 200 millas, cuando lo más que hubo en el pasado fue un mar territorial de solo 3 millas que era la distancia del tiro del cañón. La confusión se ha mantenido porque los gobiernos, dominados por la desidia, no hicieron nada para corregir el error gravemente formulado en el currículo escolar, creyéndose por generaciones de que, en vista que la Convención del Mar menciona que las primeras 12 millas forman el denominado Mar Territorial –es uno de los espacios marinos de la Convemar y está pegado a la costa–, nuestro Mar de Grau va a ser reducido de 200 a 12 millas, cuando en realidad están aseguradas las 200 millas de soberanía y jurisdicción, repito, sobre los recursos vivos y no vivos y no sobre las aguas, pues existe la libertad de navegación como está establecido en el artículo 54 de nuestra actual Carta Magna.

La tesis correcta asegura, entonces, de que ninguna embarcación extranjera puede pescar ni extraer riquezas en las 200 millas, sin consentimiento del Perú. Así como lo lee estimado lector. También se ha creído equivocadamente que somos propietarios de las aguas comparando la soberanía marítima con la que contamos en el suelo del continente, donde no pueden transitar ni los fantasmas, sin consentimiento del Perú.

En otras palabras, el mar no se puede poseer como sí pasa con los espacios físicos en tierra firme. Finalmente, por la tesis que he defendido como canciller -muy pocos salieron a defenderla, creyendo en ella-, el Perú decide cuándo, cómo, cuánto y dónde se pesca dentro las 200 millas.

El Gobierno del Perú debe concebir la adhesión a la Convemar como un asunto de Estado prioritario –en 2024 contaremos con el megapuerto de Chancay y se producirán montañas de hechos y actos jurídicos regulados por la Convemar–,pues es una completa tragedia geopolítica que el próximo 10 de diciembre de 2023, cumpliremos 41 años sin ser parte de este tratado llamado por el excanciller, Javier Pérez de Cuéllar, la “Constitución de los Océanos”. Que la confusión y la demagogia no se impongan. ¡Carácter para actuar como hombres y mujeres de Estado!

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