La tristeza de los abogados
El abogado desde estudiante tiene la ilusión de defender la verdad y la justicia. Para ejercer la profesión obligatoriamente tiene que ser miembro de un Colegio de Abogados. El punto IV de los Mandamientos del abogado establece: “Tu deber es luchar por el Derecho; pero el día que encuentres en conflicto el Derecho con la Justicia, lucha por la Justicia”. Y obviamente espera que su Colegio de Abogados no solamente luche porque impere la justicia cumpliendo las normas sustantivas y adjetivas vigentes, sino que defienda el trabajo de sus afiliados. Para el letrado que ejerce la profesión sin ser servidor dependiente de un empleador (de actividades públicas o privadas), su ejercicio profesional es su fuente de trabajo de donde obtiene los recursos económicos para su subsistencia personal y familiar. El honorario que pagan sus clientes y/o patrocinados es su medio de mantenimiento y por ende tienen la preocupación que los procesos judiciales se realicen por los administradores de justicia cumpliendo los plazos procesales establecidos en los códigos y normas procesales.
Su cliente considera que esto debe cumplirse y entrega el monto convenido por honorarios durante el trámite y/o al expedirse la sentencia consentida o ejecutoriada. Esto lo conocen perfectamente los jueces y fiscales porque son abogados y es deber y obligación de los dirigentes de su Colegio de Abogados, en cumplimiento del inciso a) del artículo 4° de su Estatuto, que abogue porque en la administración de justicia se cumplan los plazos procesales y “Defender a los abogados cuando se afecte su ejercicio profesional”. Pero ¡Oh que defraudación!; ni dichos Colegios de Abogados ni sus “dirigentes electos” protegen a los abogados ante el “ya habitual” incumplimiento del artículo 109° de la Constitución y de los Códigos y normas procesales -que establecen plazos procesales en todas las acciones judiciales- en que habitualmente incurren (salvo raras excepciones) los jueces y fiscales (de todos los niveles) en los expedientes judiciales en sus respetivos cargos. Los candidatos a los Colegios de Abogados prometen y prometen de todo, pero al ser electos no exigen que en el Poder Judicial y Ministerio Público se procesen las acciones dentro de los plazos procesales. Ni siquiera lo invocan y menos promueven movimientos de abogados, justiciables e instituciones para que los magistrados procesen las causas a su cargo dentro de los plazos procesales. ¡Qué pena para los abogados!
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