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Labor del Comité de Ética Judicial

Fecha Publicación: 16/03/2019 - 21:40
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La administración de justicia cuenta con un Comité de Ética Judicial, el que viene desempeñándose dentro de sus funciones perfectamente delimitadas, atendiendo los casos que le son sometidos a su fuero, el mismo que estriba en sancionar moralmente al magistrado que se encuentre incurso en alguna conducta contraria a la moral y deontología.

Hay que ser estrictos en el análisis sobre las funciones que realiza el referido comité, pues debe diferenciarse de las labores que competen a la Oficina de Control de la Magistratura (Ocma), la Defensoría del Litigante o el Observatorio Judicial, entre otras instancias de supervisión a la labor de los jueces en Perú.

Como se recuerda, a finales de agosto del año pasado, la Sala Plena de la Corte Suprema aprobó reformar el Comité de Ética, estando a la fecha el comité presidido por el doctor Víctor Raúl Mansilla Novella e integrado por los doctores Néstor Edmundo Morales González y Jorge Bayardo Calderón Castillo, respetables y destacados magistrados que incluso cuentan con un nuevo Código de Ética, concretando sus esfuerzos para marcar los hitos que permitan recuperar la confianza del ciudadano en los órganos jurisdiccionales.

De lo que se trata es de cambiar y superar el ambiente que se vivió el año pasado cuando se reveló el escándalo de los “CNM-audios” y las miserias de César Hinostroza junto a otros personajes cuestionados como Walter Ríos. No obstante, las sanciones a las que puede arribar el Comité de Ética son de carácter moral, según sea el caso concreto sometido a su evaluación para el respectivo reproche social, porque más no se puede hacer a la luz de su vigente marco normativo.

Esto es bueno saberlo para no confundir a la opinión pública que muchas veces olvida que se trata de una institución que vela puntualmente por el correcto ejercicio de la labor de los magistrados, en observancia de la imparcialidad de sus decisiones, porque el impartir justicia no puede salirse del cumplimiento de los valores de la probidad y la transparencia.

Pero lo sustantivo en esta hora de reconstrucción moral de la República es conocer que el Comité de Ética está conformado por magistrados de reputación intachable, y eso es un activo importante porque se necesita ese perfil de funcionarios en tan honorable función, con mayor razón cuando tienen el deber de procesar las quejas a la conducta de otros magistrados presentadas por los usuarios del servicio judicial, aunque reiteramos desde el ángulo moral y no necesariamente desde la competencia disciplinaria de la Ocma.

No obstante, el comité de marras también actúa de oficio o absuelve las consultas que le formulen los jueces en general sobre la interpretación y aplicación de las reglas del Código de Ética del Poder Judicial.