ÚLTIMA HORA
PUBLICIDAD

Las medidas adoptadas para proteger a niñas y adolescentes

Imagen
Fecha Publicación: 02/08/2023 - 22:40
Escucha esta nota

El reciente dictamen del Comité de Derechos Humanos sobre “Camila” contra el Estado peruano aprobado en mayo de 2023, pone nuevamente de manifiesto las falencias con relación a las medidas que tiene el Perú sobre en los casos de embarazos forzados de niñas y adolescentes.

El caso de Camila es uno más de niñas que sufren violencia sexual, en su caso, por su propio padre y resultan embarazadas.
No vamos a referirnos al aborto terapéutico, sino a la ausencia de atención a la salud física y mental de esta menor por parte de los servicios de salud del Estado, considerando que es donde la mayor parte de la población puede acudir sea por su condición económica o por encontrarse en lugares alejados de la ciudad.

Las limitaciones económicas y geográficas son determinantes, y el Estado debiera tener en estos ámbitos mayor cuidado en el acceso a información y atención especializada. En el caso de Camila se solicitó la interrupción voluntaria del embarazo utilizando la Guía Técnica Nacional para la estandarización del procedimiento de atención integral de la gestante en la interrupción voluntaria por indicación terapéutica, pero nunca recibieron respuesta.

Camila, finalmente, sufrió un aborto espontáneo, siendo increíble que recibiera luego de ello visitas del personal de salud y policial por la violación sexual y el autoaborto (abriéndose un proceso penal por este último hecho), además de ser estigmatizada en su comunidad, al extremo de tener que dejar la escuela.

La responsabilidad del Estado es manifiesta por la omisión de sus deberes, esto es, no adoptar medidas efectivas con relación a esta problemática, el acceso a los servicios de salud debe afianzarse en estos casos y establecer un procedimiento especial cuando se trata de niñas o adolescentes, con el cuidado en la atención de personal de salud. Siendo necesaria intervenciones terapéuticas rápidas y apropiadas.

Desde el punto de vista penal, debe existir una posición clara y contundente en relación con el embarazo forzado, que no implica la necesaria despenalización del aborto, sino la generación de otras alternativas viables, como la entrega de los recién nacidos para su adopción, siempre en favor de los derechos del más débil, que es del no nacido.

Creemos que en el marco de la protección que se brinda la normatividad vigente sobre violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar se pueden incluir medidas judiciales efectivas de protección y corrección, para estos casos que salen de los comunes supuestos de violencia, pero no dejan de estar en el marco de la discriminación y exclusión de la mujer vulnerable por su edad, condición socioeconómica y cultural.

Mira más contenidos siguiéndonos en FacebookTwitterInstagram, TikTok y únete a nuestro grupo de Telegram para recibir las noticias del momento.