ÚLTIMA HORA
PUBLICIDAD

Legislación de pirotecnia en medio ambiente social

Imagen
Fecha Publicación: 11/01/2023 - 22:55
Escucha esta nota

En una saga de tres ediciones, continuamos desde esta ventana y la necesidad de frenar la venta de pirotecnia que pone en peligro la vida, especialmente de la niñez y adolescentes, así como del daño al medio ambiente en contaminación al aire, audición y el daño a las personas que viven con la condición de autismo, así como a los adultos mayores y animales domésticos, por consecuencia una crisis en el medio ambiente donde se debe resguardar ecología y el mundo animal-humano. Se requiere legislar en la materia a través de una iniciativa de reformas a la Ley de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, la Ley de Protección Civil y Gestión de Riesgos para el Estado y Municipios y la Ley Orgánica de Municipalidades; plantear la problemática que vive la niñez y adolescencia en materia de uso de elementos de pirotecnia y explosivos y cómo se pone en alto riesgo sus vidas.

OBJETIVO: Prevenir y evitar este tipo de accidentes, que pueden ser mortales para cualquier habitante de la ciudadanía o medio ambiente, contaminación atmosférica, auditiva y del suelo, así como el daño a las mascotas y a las personas que tienen la condición de autismo, que dicha condición no los hace personas con “discapacidad” sino de mayor cuidado. Recordemos que no existe mayor discapacidad que la incapacidad de ver a todos de la misma forma. Asimismo, es necesario medidas que garanticen la protección a las niñas, niños, medio ambiente y animales. Debería incluirse entre derechos de la niñez y adolescentes, el derecho a la información preventiva sobre las medidas de prevención de accidentes, incluyendo los relacionados con el uso y manipulación de explosivos. Se propone adicionar un acápite donde se especifique “prohibir a la ciudadanía en el Estado, el uso, venta y distribución del uso de juegos pirotécnicos, incluyendo artificios y pirotecnia fría. El Ejecutivo, sus municipios y las organizaciones religiosas serán los únicos facultados para hacer uso de los juegos pirotécnicos, incluyendo artificios y pirotecnia fría, siempre bajo previa autorización y siempre que no exista afectación de lo que referimos líneas arriba”. Que la Ley Orgánica Municipal añada a las facultades de los municipios, “prohibir en el ámbito de sus atribuciones el uso, venta y distribución de la quema de juegos pirotécnicos, incluyendo artificios y pirotecnia fría”. Las comisiones del Congreso peruano, tanto de Ecología y de los derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes y de Protección Civil, para su dictaminación deberían contemplar esta propuesta dentro de sus facultades.

Pueden adquirir testimonios de referentes políticos, actores y presentadores de programas en TV nacional: pirotecniacero #laleyyelordenanimal,Heydi Candela Feijóo en YOUTUBE.