ÚLTIMA HORA
PUBLICIDAD

Lesa humanidad

Imagen
Fecha Publicación: 27/08/2024 - 22:10
Escucha esta nota

Era evidente que la promulgación de la Ley N.º 32107, que ordena que los delitos cometidos con anterioridad a la entrada en vigencia para el Perú del Estatuto de Roma –que crea la Corte Penal Internacional (CPI)– (v.g. a partir del 1/7/2002) y de la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad (v.g. desde el 9/11/2003), prescriben en los plazos establecidos en la ley nacional y no pueden ser calificados o tipificados de tal condición, iba a provocar gran debate y batahola.
El Fiscal de la Nación anunció de inmediato y a los cuatro vientos la presentación de una demanda de inconstitucionalidad en su contra, y los defensores y detractores de la norma legal han hecho correr ríos de tinta en la prensa, cuando no de mensajes en las redes sociales. Será, pues, el TC el que diga la última palabra jurídica. Sin embargo, ante tanta disputa habrá que reiterar, como lo ha revelado EXPRESO a modo de primicia, que en los archivos de la CPI ya existen varios informes que concluyen que el citado Tribunal solo puede ejercer la competencia sobre tales crímenes siempre que estos se hayan perpetrado después de la entrada en vigencia del Estatuto de marras para el Estado que resulte obligado. Más claro, ni el agua potable.
Dicho lo cual, lo que sí resulta lamentable en esta apasionada discusión es la postura inicial adoptada por la Iglesia Católica, a través de la Conferencia Episcopal Peruana (CEP), y que nos ha hecho recordar el polémico papel –por usar un eufemismo– del Arzobispo de Lima y del Cardenal durante el cuestionable proceso electoral de 2021 y el subsiguiente desastroso régimen Castillejo. En efecto, mediante un comunicado del 13/8/24, el Consejo Permanente de la CEP manifestó su profundo desconcierto y decepción por la dación de la Ley N.º 32107, pronunciándose por la pronta derogación y “nulidad” de la misma, que sacrifica “el respeto a la vida y la defensa de la justicia, causando un irreparable daño a las víctimas de la violencia”.
La ola de indignación que originó esta publicación, en especial en los sectores castrenses y policiales, cuyos miembros son los principales perjudicados por la demagógica y abusiva aplicación del criterio de lesa humanidad, llevó a que la CEP tuviese que recular con otro comunicado. El día 23 pasado, su presidencia expresó que son las instituciones competentes –léase, justicia constitucional– a las que corresponde zanjar “cualquier cuestión relacionada con la validez de la Ley N.º 32107” y, como no podía ser de diferente manera, declaró que “valora, agradece y reafirma el lazo histórico que ha unido y une, desde la fundación de la República, a las Fuerzas Armadas y a la Policía Nacional, con el lema Dios y Patria, al servicio del bien común de todos los peruanos, especialmente de los más desfavorecidos”. Acusado recibo. Esperemos que el Episcopado no vuelva a patinar. ¡AMÉN!

Mira más contenidos siguiéndonos en FacebookXInstagram, TikTok y únete a nuestro grupo de Telegram para recibir las noticias del momento.