Los llamados embajadores políticos
De acuerdo a la Ley del Servicio Diplomático, sólo en casos excepcionales y con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, se podrá nombrar para desempeñar el cargo de Embajador en el exterior a peruanos que, sin ser funcionarios del Servicio Diplomático, posean capacidad y versación notorias y hayan prestado destacados servicios a la Nación. En ningún caso, estos nombramientos excederán el 20% del total de los jefes de Misión Diplomática que el Perú tenga.
Contar con personas destacadas para representar a un país es una práctica internacional que permite optimizar las relaciones entre naciones acudiendo a personalidades que de modo extraordinario puedan servir para estrechar vínculos. Ello referido mayormente a contar con quienes han desarrollado relaciones especiales con otro país, ya sea familiares académicas o profesionales.
El Parlamento recientemente ha establecido restricciones que resultan contraproducentes o poco prácticas. Por ejemplo, cuando se refieren a conocimientos de un idioma extranjero. Si el candidato va a ser nombrado a un país de habla hispana, que es gran parte de nuestras representaciones, no habría razón que justifique que hable otro idioma más que el español. En todo caso sería útil precisar, como requisito, que pueda desenvolverse en el idioma del país a donde debe servir.
Aún mayor contradicción se puede encontrar en la disposición que obliga, además de un título profesional, a estar reconocido por una entidad nacional Sunedu, y pertenecer al colegio profesional correspondiente. Parece que se ha olvidado que, precisamente, no va a ejercer su profesión para la que está titulado, ni mucho menos en el Perú, sino la de embajador en el extranjero.
Tal como está la norma del Congreso -que debe ser corregida- en la práctica una enfermera –profesión muy respetada- que domine el idioma portugués cuenta con mayor aptitud para ser embajadora en Londres que un peruano que se hubiera doctorado en Oxford en Relaciones Internacionales, porque no existe Colegio Profesional para esa espacialidad. Para ser más concretos: Mario Vargas Llosa y otros escritores e intelectuales peruanos con muchos títulos en el exterior, estarían impedidos para representarnos en el extranjero, porque no ejercen profesión colegiada en nuestro país.
La Academia Diplomática con los derechos que le confiere la Ley Universitaria N.º 23733, otorga el Título de Diplomático de Carrera, así como el Grado Académico de Maestría en Diplomacia y Relaciones Internacionales, No obstante, tampoco existe el colegio profesional correspondiente La acreditación de un embajador tiene que contar también con la aceptación, o el acuerdo, del país anfitrión.
Y frente a esto debemos mostrar que los títulos de las universidades peruanas gozan de credibilidad, sin necesidad de otras instancias. En las relaciones internacionales, el mayor capital de trabajo es la experiencia y prestigio en el exterior, que permite capitalizar –como su nombre lo indica- las relaciones necesarias para una fructífera actividad de interacción.
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