¿Los magistrados ahora cumplirán sus deberes?
En la sociedad hay preocupación por el procesamiento judicial a los delincuentes. “El presidente del Poder Judicial ha invocado a los presidentes de las cortes superiores verificar y revisar bien a quienes designan como jueces …” (SIC). También dijo: “ … que todo juez que actué en forma inadecuada será separado e investigado … para someterlo luego a un proceso disciplinario y separado de hallarse responsabilidad” (SIC).Hay hechos insólitos que no deben olvidarse. Recientemente se informó que se dio libertad a 7 detenidos y después a los 21 venezolanos detenidos el 21/11/2023 en Pachacámac en un megaoperativo policial, a quienes se les encontró en posesión de armas de fuego, dos granadas, marihuana, pasta básica de cocaína, tusi (droga sintética); los detenidos fueron puestos a disposición del Fiscal del Segundo Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Lurín, y se presentó la denuncia correspondiente a la jueza titular del Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente. El 13/12/2023 se informó periodísticamente que otra vez fue capturado el venezolano José Antonio Ríos Gil, que fue detenido en el bunker de Pachacámac y libertado por magistrados. Esta nueva detención ha sido durante la intervención policial donde ese delincuente con otros dos se han enfrentado con armas de fuego a los custodios del orden hiriendo a 2.
No es la primera y/o única vez que magistrados fiscales y/o jueces resuelven dando libertad a detenidos que cometen delitos tipificados en el Código Penal vigente y les fueron puestos a disposición por la Policía Nacional. Continuamente se vuelve a detener a delincuentes por nuevos delitos. Esas libertades, deliberadas y/o conscientes y/o inconscientes ordenadas por magistrados del Poder Judicial obligados a cumplir sus deberes y obligaciones jurisdiccionales y laborales, obviamente afecta el trabajo policial e indigna a la ciudadanía. Esas resoluciones de fiscales y/o jueces, no es solo responsabilidad individual de los fiscales y/o jueces que emiten resoluciones ordenando la libertad de delincuentes que conforme a ley le/s son puestos a su disposición. La población considera que tal conducta jurisdiccional de dichos magistrados es también responsabilidad institucional del Ministerio Público y/o del Poder Judicial, respectivamente. Estos no pueden escudarse en su unidad, exclusividad, independencia y autonomía referidos en los artículos 138°, 139° y 158° de la Constitución. La sociedad les ha perdido la fe; también a sus “Órganos” de Control Interno porque en procesos dilatados terminan por eximir de responsabilidad a sus colegas.
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