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Los niños y la TV

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Fecha Publicación: 21/08/2023 - 01:50
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La frase “El canal no se responsabiliza por opiniones vertidas en este programa”, no exime al medio a vulnerar los Derechos del Niño, amparados constitucional y supranacionalmente.

El derecho a la imagen de los menores, está amparado en la Constitución Política, Art. 2do., inc. 4, que dice toda persona tiene el derecho a las libertades de información, opinión, expresión y difusión del pensamiento “mediante la palabra oral escrita o la imagen, por cualquier medio de comunicación social, sin previa autorización ni censura ni impedimento algunos, bajo las responsabilidades de ley”.

De otra parte, el Art. 2do., inc. 7, establece que toda persona tiene derecho a la “imagen propia”. Se observa así que de un lado la Carta Magna reconoce que los medios tienen el derecho de emitir y transmitir las imágenes que estimen convenientes, sin que sean censurados o que se les tenga que autorizar para ello. Pero, de otro lado, establece que toda persona tiene derecho a la “imagen propia”.

El rol de los medios en la sociedad es vital e importante, son indispensables para el fortalecimiento de la democracia. Pero, así como tienen un rol fundamental, pueden ser utilizados también para manipular, amenazar y vulnerar derechos esenciales.

En una sociedad masificada, la transmisión de imágenes, noticias u opiniones que potencialmente vulneren el honor, la intimidad y el derecho a la imagen propia, pueden ser difundidas de manera ilimitada. Pero no solo ello, los medios, con su constante emisión de imágenes y opiniones de programas o de mensajes publicitarios, establecen determinados comportamientos y roles en la sociedad y con ello puede crear, normalizar y reforzar estereotipos y prejuicios.

En efecto, los medios tienen como pilar construir valores en la sociedad, cosa que no lo hacen.

Es por ello que la legislación ha respondido regulando, para el caso de la radio y televisión, un horario familiar (Ley de Radio y Televisión, No. 28278, Art. 40) sin embargo, los canales de TV hacen caso omiso a esta norma, llenando de bazofia la mente de los niños.

Una situación del ámbito íntimo de los niños y adolescentes no debería ser captada ni reproducida sin el previo consentimiento de los padres o los representantes. Así, serán estos quienes tendrán que autorizar la emisión de tales imágenes y siempre que ello no implique daños o perjuicio para el menor. Pero, existen casos en donde la imagen de los niños y adolescentes, pese a no vincularse a una situación íntima, tampoco podrán ser emitidas, ni siquiera cuando se cuente con la autorización de los padres, es simplemente una cuestión ética y moral que debe imperar.

Prima el principio del interés superior del niño, que es un conjunto de acciones y procesos tendientes a garantizar un desarrollo integral y una vida digna, así como las condiciones materiales y afectivas que permitan vivir plenamente y alcanzar el máximo de bienestar posible tanto las niñas como los niños.

Es una garantía preceptuada en el Derecho Internacional de que los niños tienen derecho a que, antes de tomar una medida respecto de ellos, se adopten aquellas que promuevan y protejan sus derechos y no las que los conculquen.

Pero a la televisión poco o nada le interesa esto, al exponer a los niños con imágenes denigrantes, donde la muerte es morbo y espectáculo grotesco y la sangre discurre sin desparpajo.

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