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Mentira de Torre Tagle y remoción de miembros de la Junta Nacional de Justicia

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Fecha Publicación: 07/11/2023 - 22:10
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1) Mentira de Torre Tagle.- Constitución : “Artículo 38 : Todos los peruanos tienen el deber de honrar al Perú… “.
Deber mayor para Dina Boluarte quien personifica a la Nación.

En setiembre último, aduciendo invitaciones de Alemania, Italia y El Vaticano, obtuvo autorización del Congreso para visitar tales países; pero sus gobiernos no la recibieron y el Papa exhibió incomodidad con su visita.
También obtuvo autorización para asistir a la Cumbre de APEC en Estados Unidos aduciendo una entrevista bilateral con el Presidente Biden.

Dos gravísimas mentiras sucesivas, la última de escándalo y compromete seriamente a la Presidenta Boluarte. Su autor es el vocero del Vice Ministerio de Relaciones Exteriores quien mediante documento firmado sostiene que la cita estaba confirmada.

La falta grave inexcusable de Relaciones Exteriores y del Embajador en Estados Unidos es de no haber verificado; pero la responsabilidad histórica y política recae en la Presidenta de la República.

En unos días, habrá otra Cumbre en el extranjero donde el Perú asumirá la presidencia temporal de Apec que le corresponde. El Congreso tendrá que otorgarle la autorización por fuerza mayor.

La Presidenta ensuciada por Relaciones Exteriores tiene la obligación de concurrir personalmente al Pleno y pedir perdón a la Nación.

Evidentemente ha sido traicionada por Relaciones Exteriores y sus autores deben ser sancionados política y penalmente.

A propósito, para Dina Boluarte la siguiente cita de Gandhi : «La moralidad es base de todo en la vida y la verdad sustancia misma de la moral ; pero mientras no se haya alcanzado esa verdad absoluta, debo atenerme a la verdad relativa tal como yo la concibo. Al momento, esa verdad relativa debe ser mi GUÍA, mi AMPARO y mi escudo.”.

2) Remoción de miembros de la JNJ.- Se ha presentado en el Congreso una moción para remover a sus 7 miembros imputando causas graves. Al efecto, la Mesa Directiva creó la Comisión Especial de Acusación Constitucional y Derechos Humanos con plazo perentorio que venció el 18 de Octubre, fecha en que entregó su dictamen y dejó de existir la Comisión. El Reglamento del Congreso es categórico, artículo 58 : “… Las reconsideraciones se presentan por escrito luego de las votaciones…”; es decir el 18 feneció la Comisión y archivado su dictamen.

Continuarlo ya es aberración: 2 instancias congresales Comisión Permanente y Plenario. Si hay connotación penal, resuelve definitivamente la Corte Suprema.
Si el fallo es favorable a la JNJ, los consejeros reasumen su función.

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