No ha prescrito aún la acusación constitucional
El 30 de setiembre de 2019 ocurrió uno de los hechos más vergonzosos de la historia del Perú republicano. Es tan grande la distancia entre la racionalidad de un análisis actual y el error de las acciones y afirmaciones de los protagonistas de entonces, que se explica que algunas prometedoras carreras políticas se hayan dañado gravemente.
En pleno ascenso del financiado carisma caudillista del presidente Vizcarra, el Congreso desarrollaba el proceso de renovación del Tribunal Constitucional, cuyos magistrados ya pasaban del año y medio de período vencido, conforme a la regla que, explícitamente, encarga a una mayoría parlamentaria calificada la elección de nuevos magistrados. Lamentablemente, la mayoría del pleno del TC se había convertido, a cambio de mantenerse en el cargo, en la guardia pretoriana del régimen cada vez más autoritario. Siguiendo un manual elaborado para discutir jurídicamente procedimientos típicamente parlamentarios, se quiso justificar el blindaje al instrumento político en el que se había convertido el defensor de la Constitución.
Por eso, cuando el actor Salvador del Solar ingresó forzando una de las puertas del hemiciclo, para enunciar la segunda cuestión de confianza, por encargo de Vizcarra, su jefe político, sabiendo que a continuación se iba a proceder a la disolución inconstitucional de la cámara, políticos oficialistas hambrientos de poder y periodistas subsidiados con publicidad estatal arbitrariamente distribuida festejaron jubilosos el inicio de un período en el que impondrían un relato falso, dando cobertura a una virtual dictadura. A la Comisión Permanente del Congreso, que por ser un rezago de Senado no podía ser disuelta, se le negó todas las atribuciones, desde la acusación constitucional, la posibilidad de presentar demandas competenciales, hasta iniciar simples procedimientos de control político.
Existen abundantes videos de reconocidos alquimistas jurídicos sustentando desastrosas resoluciones del TC de entonces, las que negaron a la Comisión Permanente toda posibilidad de discutir jurídicamente el asumir la defensa del principio de separación de poderes y, por consiguiente, sus atribuciones constitucionales.
Pero, como ningún autoritarismo dura mucho en el Perú, la voluntad del electorado se ha expresado reiteradamente, sepultando a los comprometidos con la interrupción constitucional de 2019. El Tribunal Constitucional, ya recuperado para la causa democrática, ha eliminado el ridículo intento de cobertura jurídica de la “denegatoria fáctica” y ha quedado abierta la posibilidad de formular acusación constitucional contra Salvador del Solar, pues está probado que a la Comisión Permanente se le negó inconstitucionalmente la posibilidad de defenderse. Por lo tanto, el plazo de cinco años corre a partir del funcionamiento del pleno congresal elegido para completar el período.
Que la representación nacional determine si sanciona con la inhabilitación para ejercer cargos públicos o si está dispuesta a permitir la candidatura del personaje clave del 30 de setiembre de 2019.
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