Nueva consigna: Educar a los hijos como el Estado ordena
Por Edistio Cámere
Apuradas las escuelas en remontar las olas del mar embravecido del retorno a clases, de pronto, cae una pertinaz lluvia: La guía de implementación de la educación sexual integral - Minedu-2021. Moraleja: tal vez era un pendiente y remanente de la anterior administración; no obstante, su oportunidad es antojadiza por decir lo menos. Si en su momento generó una importante reacción contraria, de parte de muchos colectivos, justo ahora que la incertidumbre política y educativa está instalada y las fuerzas puestas en el año 2022 por parte de los padres de familia y escuelas, lanzan oficialmente la guía. ¡Eficacia ladina o imposición por sorpresa! Son modos de actuación que coinciden cuando prima la ideología sobre la realidad y el desprestigio institucional. ¿El Minedu destaca en lo pedagógico, en la gestión, en la autonomía en sus escuelas y lidera la investigación educativa? Lamentablemente no. Las noticias de los últimos días sí dan cuenta en lo que sí destaca.
Un tema legítimamente personal como es la educación sexual debería respetar los criterios, principios y sensibilidades de los padres de familia y de las escuelas. El hecho de que las escuelas públicas sean gratuitas no enajena la libertad y responsabilidad de los progenitores en favor del Estado para que éste los eduque contrariamente a lo que ellos quieren. ¿Por qué ese afán de imponer un solo modo de enfocar ese tema? Los lineamientos generales, en todos los sectores, son bienvenidos; pero las guías señalan -casi en una sola dirección – por dónde transitar. Casi siempre, cuando se define el cómo, el espacio para la libertad se reduce en mucho.
En el 4.2.1 hace referencia a que es un compromiso del Estado Peruano y cita los artículos 6° y 13° de la Constitución del Perú, pero organizándoles de tal manera que los reduce a: que la educación tiene como finalidad el desarrollo integral de la persona humana y que el Estado, en el marco de la maternidad y paternidad responsable, asegura programas de educación e información adecuados. Pero omite partes importantes como: Artículo 6°, luego de consignar que la política nacional tiene como objetivo promover la paternidad responsable, añade: reconoce el derecho a las familias y las personas a decidir. Luego continúa. El Estado asegura programas de educación de acceso a los medios; asegurar, ofrecer, no es obligar, es poner al alcance de las familias la información para que libremente la opten. El artículo 13° refiere que la educación tiene como finalidad el desarrollo integral de la persona humana [¿Estado garantiza la integralidad o solo le interesa la aspectualidad?] y a canto: el Estado reconoce y garantiza la libertad de enseñanza. (…) los padres tienen el deber de educar a sus hijos y el derecho a escoger los centros de educación.
Los artículos de la Constitución invocados por la guía de la educación sexual integral (ESI) predican respeto a la libertad de los padres para elegir y educar a sus hijos, ¿por qué se quiere imponer una estrategia en la que intervengan muchos actores de la sociedad con igual derecho y responsabilidad que los progenitores?
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