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Obras por Impuestos, paso a paso

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Fecha Publicación: 22/09/2023 - 22:00
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La modalidad de ejecución de inversión pública más eficiente y beneficiosa para todos es el mecanismo denominado Obras por Impuestos (OxI).
Mediante OxI el sector público y el sector privado suman esfuerzos para reducir las brechas en infraestructura y en servicios públicos en diversas zonas de nuestro país (Ley 29230, 2008).

Para ello precisamos que el sector público cuenta con esta alternativa para viabilizar inversiones con las siguientes características principales: (i) calidad, en la medida que corresponden a proyectos priorizados con incidencia directa en la sociedad; (ii) celeridad, debido a que cuenta con un privado especializado como ejecutor del proyecto; (iii) anticipación, en el sentido que tiene pronto una obra que paga a futuro; y (iv) transparencia, con la publicidad de la información, gastos, avances de obra y participación de diversas entidades públicas y privadas. Esta última permite reducir los riesgos de corrupción (cohecho propio e impropio, activo y pasivo) que, además de infracciones penales, éticas y deontológicas, eleva el gasto público en los proyectos de inversión.

Al fin de cuentas, la sociedad en general es quien se beneficia de esta buena decisión de sus autoridades de ir por OxI, ya que puede contar con mejor infraestructura y prestación efectiva de servicios públicos en plazos cortos, lo que permite dar un salto significativo en la mejora en la calidad de vida.

Para hacer realidad OxI pasamos por cuatro fases. Primero es priorización, en donde se verifica si se cuentan con recursos a futuro (como una línea de crédito), se identifica y aprueba el proyecto priorizado para ser ejecutado mediante OxI. Segundo es actos previos, en la que se elaboran las bases o criterios para el proyecto y se emite un informe a la Contraloría General de la República para su opinión e implementación de recomendaciones. Tercero es el proceso de selección, donde encontramos la convocatoria a la empresa privada que va a financiar y a la que ya a supervisar, propuestas, evaluación y firma del convenio de inversión entre las partes. Cuarto y última es la ejecución, que parte con la elaboración del expediente técnico y se ejecuta el proyecto, culminado éste se deja operativo, funcionando o realizado su mantenimiento, y la emisión del certificado de valorización de la inversión para su uso en el pago del impuesto a la renta a que está sujeta la empresa privada.

Ahora que hemos visto los pasos de OxI nos atrevemos a precisar que este mecanismo es aplicable a todo tipo de proyectos de inversión, siempre y cuando estén en armonía con las políticas y planes de desarrollo, y cuenten con la declaratoria de viabilidad.
Podemos cerrar brechas sociales sin corrupción y recordar la frase que “la primera justicia es la conciencia”, contenida en la obra Los miserables (Victor Hugo, 1862).

(*) Abogado, docente universitario, consultor legal