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Participación del sector privado en la solución de la sobrepoblación de establecimientos penales

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Fecha Publicación: 23/08/2025 - 20:40
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La brecha entre la capacidad de albergue y la población privada de libertad origina el grave problema de hacinamiento que a nivel nacional en el mes de mayo alcanzó el 145%, de una capacidad de albergue de 41,764 la población penal fue de 102,493, siendo los de mayor sobrepoblación Arequipa con 269%, Huancayo 215% y en el caso de Lima el 170%.
La construcción de nuevos penales conlleva el requerimiento de un mayor presupuesto; por lo que, los escasos recursos no permiten contar con la infraestructura suficiente para albergar adecuadamente a la población privada de su libertad.
Una alternativa para contribuir con la solución, encontramos en el contenido del Decreto Legislativo 1229, publicado el 25 de setiembre de 2015, que promueve la participación del sector privado en el financiamiento, diseño, construcción, mantenimiento, operación de la infraestructura, tratamiento y seguridad penitenciaria, bajo los mecanismos y reglas de la ley marco de asociaciones público-privadas. Asimismo, dicha norma señala que el concesionario o inversionista privado debe obedecer a un perfil reconocido en la prestación del servicio u objeto materia de contratación, debiendo ostentar certificaciones internacionales de calidad, en el rubro del servicio brindado.
Los servicios penitenciarios que pueden ser brindados por el sector privado son infraestructura (construcción, ampliación, remodelación y reestructuración), administración (alimentación, limpieza, mantenimiento, lavandería, control de plagas, material logístico y tecnológico), tratamiento (salud, educación, trabajo, actividades recreativas, programas de rehabilitación para internos adictos), seguridad (seguridad exterior, equipamiento de seguridad, control e ingreso de visitas, implementación y administración de herramientas tecnológicas) y otros servicios vinculados y/o que se deriven de las necesidades propias de la política penitenciaria nacional y que se brinden al interior de los establecimientos penitenciarios.
Como experiencia en Latinoamérica debemos señalar el caso de México donde actualmente operan siete Centros Federales de Readaptación Social (CEFERESO) con la participación de la iniciativa privada dentro de un modelo de “Contrato de Prestación de Servicios” donde el privado diseña, financia, adquiere el terreno, construye, equipa y opera servicios no sustantivos por 20 años, período en el cual se le efectúa pagos mensuales por la infraestructura y que al término se revierten gratuitamente los inmuebles al Estado.
En Chile, las concesiones carcelarias son un sistema en el que el Estado otorga a empresas privadas la construcción y operación de cárceles, a cambio de un pago periódico por cada recluso. Los centros penitenciarios bajo este sistema son: el Complejo Penitenciario de Puente Alto, el Centro Penitenciario de Valparaíso, el Centro Femenino de San Joaquín, y el Nuevo Establecimiento Penitenciario de Talca (en construcción).
La participación del sector privado contribuiría significativamente a resolver el problema de sobrepoblación y mejorar la infraestructura penitenciaria, teniendo en consideración que facilitaría los recursos necesarios los que serían reembolsados en el tiempo que dure la concesión. La existencia de espacios necesarios para la construcción de penales, bajo la administración de gobiernos regionales o locales reducirían significativamente los costos, quienes podrían hacerse cargo de la ejecución de estos proyectos con la delegación y convenios con las entidades gubernamentales correspondientes y lógicamente bajo la supervisión de la autoridad penitenciaria.

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