Periodistas ad portas de mordaza
El Pleno del Congreso de la República aprobó el proyecto de ley que modifica e incrementa las penas y hace efectivo el pago de una indemnización por daños al honor. La absurda y singular iniciativa legislativa, obtuvo 69 votos a favor en la primera votación y modifica los artículos 131 y 132 del Código Penal.
Lo más peligrosos es la variación de la sanción por el delito de difamación si es que se comete a través de los medios de comunicación social, publicaciones de libros o las redes sociales, ya la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha precisado que la criminalización de este tipo de recursos no va acorde con lo planteado por la Convención Americana de Derechos Humanos, del cual el Perú es Estado Parte; inclusive nuestro país ha incurrido en responsabilidad internacional, generando un retroceso en la garantía de la libertad de expresión.
La modificatoria determina que la pena privativa de libertad no será menor de dos ni mayor de cuatro años, con 120 a 365 días-multa y la imposición de una reparación civil en favor del querellante. El texto aprobado modifica también el Código Civil y establece una indemnización por daño contra el honor para quien “por dolo o culpa causa daño al honor de otra persona está obligado a indemnizarlo”.
El congresista de Perú Libre, Segundo Montalvo (sin estudios técnicos ni universitarios concluidos), autor de la iniciativa, sostuvo: “Algunos dicen que es una ley mordaza, pero aquí el espíritu de la ley es para proteger a la persona y la intimidad familiar. Hemos incrementado (la pena por difamación) para que las personas se controlen en los medios de comunicación. No se está haciendo nada de malo. Es más, estamos cuidando a los periodistas (...) A una autoridad le puedes decir incapaz, pero no corrupto mientras no tengas las pruebas”, expresó casi de manera silvestre".
El congresista Montalvo confía en que su iniciativa sea aprobada “por unanimidad en segunda votación” y evitó a pronunciarse sobre la postura que debería adoptar el Poder Ejecutivo.
La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) pidió en su momento retirar en su momento tal iniciativa que eleva penas por el delito de difamación, con la aprobación en primera votación se confabula un retroceso sumamente peligroso para la libertad de prensa y la libertad de expresión en el espacio digital.
Es más que evidente que nuestro país está avanzando peligrosamente contra la libertad de expresión en el espacio digital. La Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión, de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, puntualiza muy claramente (salvo comprensión lectora de algunos congresistas) que la protección a la reputación debe estar garantizada solo a través de sanciones civiles.
La Declaración de Chapultepec prevé en el literal 10 que: “Ningún medio de comunicación o periodista debe ser sancionado por difundir la verdad o formular críticas o denuncias contra el poder público”.
Entendamos que toda persona tiene el derecho a buscar y recibir información, expresar opiniones y divulgarlas libremente. Nadie puede restringir o negar estos derechos.
No hay personas ni sociedades libres sin libertad de expresión y de prensa. El ejercicio de ésta no es una concesión de las autoridades; es un derecho inalienable del pueblo.
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