Policía municipal: solución a la inseguridad en las ciudades
Los ciudadanos perciben como algunas de las causas de la inseguridad ciudadana la falta de liderazgo de las autoridades de los tres niveles de gobierno, el distanciamiento con las autoridades y la falta de personal de la PNP para desarrollar acciones propias de sus funciones.
Los gobiernos locales, como entidades básicas de la organización territorial del Estado, brindan los servicios de seguridad ciudadana, con la cooperación de la PNP. Por otro lado, constituye una función exclusiva de las municipalidades provinciales “establecer un sistema de seguridad ciudadana, con participación de la sociedad civil y de la Policía Nacional, y normar el establecimiento de los servicios de serenazgo, vigilancia ciudadana, rondas urbanas, campesinas o similares, de nivel distrital o de centros poblados en la jurisdicción provincial, de acuerdo con la ley”.
Los gobiernos locales, para cumplir con sus funciones en materia de seguridad ciudadana, implementaron el serenazgo municipal, con funciones limitadas por su ley de creación, con equipamiento también limitado por ley, agregándose un inadecuado entrenamiento en las áreas de prevención y patrullaje que pone en riesgo la seguridad de la ciudadanía o del mismo sereno, que en muchos casos se ve participando en persecuciones o enfrentándose a sujetos armados, considerándose este tipo de acciones como de alto riesgo y que requiere personal capacitado para ser ejecutado de forma eficaz.
En este contexto, y con las experiencias del serenazgo, surge la propuesta de la creación de la policía municipal, mejorando la capacitación y los perfiles para el reclutamiento del personal que formaría parte de la nueva institución, que sería de naturaleza civil, no formaría parte del sistema policial nacional, y estaría jerarquizada, organizada y enfocada en la lucha contra los delitos menores o comunes.
Por otro lado, debido al tamaño de la jurisdicción que una policía municipal abarcaría, tendría un número más reducido de integrantes en comparación con la PNP, permitiendo un mejor control, tanto del servicio como de las acciones de sus integrantes. El concepto de acercamiento a la comunidad sería más evidente y eficiente porque limitaría su accionar a su jurisdicción y no a múltiples jurisdicciones, como lo hace la PNP.
La policía municipal asumiría parte de las funciones de la Policía Nacional, principalmente lo referido a delitos menores y control de tránsito.
Sobre la constitucionalidad de la creación de la policía municipal, se debe tener en consideración lo señalado por el Tribunal Constitucional en el sentido de que, si bien la Constitución encarga a la PNP el resguardo de la seguridad ciudadana y el orden público, ello no puede ser asumido como el reconocimiento de una competencia de carácter excluyente.
Así, el artículo 197 dispone que las municipalidades, en cooperación con la Policía Nacional, pueden también desarrollar y contribuir con esta clase de funciones, como es el caso del servicio de serenazgo. Ciertamente, para su funcionamiento se requieren ciertas modificaciones legislativas, tales como la Ley de la Policía Nacional del Perú y lo relacionado con el uso de armas de fuego.
Por Renzo Reggiardo
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