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¿Por qué el temor judicial a absolver?

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Fecha Publicación: 27/12/2023 - 22:40
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En mi experiencia en la defensa, durante este año que nos deja, tuve dos casos en los que, pese a las absoluciones por insuficiencia probatoria, se volvieron a realizar por segunda vez los juicios orales. En ellos, se advirtió la exacta reproducción de las actuaciones del Ministerio Público, sin aportar ninguna prueba de cargo ni un razonamiento nuevo que pudiese cambiar el rumbo de un evidente fracaso de la pretensión punitiva, que se mantuvo pese a las deficiencias y el gasto que significa para el Estado; además, del vía crucis para el procesado. Concluyendo este año, ante una segunda absolución en ambos casos y una nueva apelación fiscal para un tercer juicio oral, siendo tal vez explicable, pero no menos reprochable, el pensamiento fiscal de que su “labor es perseguir”, me pregunto: ¿por qué los jueces temen absolver?

Expedir una sentencia condenatoria conlleva una decisión compleja y difícil, no solo por el juicio de racionalidad que exige una debida valoración de la normatividad aplicable y de la prueba aplicada al caso, que debe expresarse en una motivación clara y coherentemente presentada; sino porque además importa un juicio de conciencia que conlleva a que el magistrado tenga rigurosidad en la decisión que va a afectar a uno o varios derechos fundamentales de un ciudadano, sino que va a cambiar su vida, dado que una condena marcará al sentenciado para el futuro.

En cambio, una sentencia absolutoria implica una decisión, creemos más sencilla, puesto que, advertida la deficiencia en la imputación, sea normativa o probatoria, será imposible dictar una decisión diferente, salvo que el juez pierda la brújula y deje de ser llamado a hacer justicia y más bien a garantizar la eficacia punitiva.
Sobre la base de lo expuesto, si mayor dificultad conlleva condenar que absolver, ¿por qué existe el temor de adoptar esta decisión?, y ¿cómo en los casos reseñados se insiste en generar nulidades y pretender renovar los actos de juzgamiento hasta el cansancio? La respuesta puede ser la falacia del “impacto social” de la decisión, como si el comportamiento desviado, individual y amoral, puede ser corregido por decisiones condenatorias; o el temor a la sanción pública por la desinformación periodística, que solo resalta el resultado, pero desconoce los fundamentos por los cuales se emitió tal decisión; o el temor a la sanción del sistema que exige producción de resultados punitivos. Cualquiera que fuese el motivo, este no obedece al interés de servir a la justicia, sino a la preocupación del juez de mantener su trabajo.

Considero que el temor está fundado en la carencia de una formación especial para quienes siguen la carrera fiscal o judicial, la que por sus características singulares no debiera ser abierta, sino cerrada, siendo insuficiente la formación universitaria que solo sienta las bases generales de una labor que requiere como a un soldado o a un sacerdote de marcada vocación, valor, empatía y convicción.

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