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Precedente electoral ...

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Fecha Publicación: 06/03/2024 - 22:50
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Se viene suscitando en el país un gran debate respecto a la inscripción como partidos políticos de aquellas agrupaciones que pueden ser calificadas como enemigas de la democracia o incompatibles con ésta, asumiendo las autoridades electorales una posición frente a una opinión contraria de corrientes políticas que apuestan por el sistema democrático tal cual está definido en la Constitución.

Al respecto, este debate se produjo en España a comienzos de del nuevo siglo, cuando aún el accionar del grupo terrorista ETA se manifestaba como una amenaza latente contra el sistema de gobierno español, sindicándose como su brazo político al partido Batasuna.

Debemos recordar que Batasuna tenía representantes en muchas esferas del poder político español, pero enfrentaban demandas judiciales para la declaración de ilegalidad de Batasuna y, por ende, su exclusión del escenario político.

La Corte Suprema española resolvió declarando a Batasuna una organización incompatible con el sistema democrático constitucional cuya sentencia fue ratificada en el 2004 por el Tribunal Constitucional de España y luego avalada por la Comisión Europea de Derechos Humanos.

Los criterios expuestos en la fundamentación de esos fallos hicieron hincapié no solo en la vinculación de Batasuna con ETA, sino, fundamentalmente, en que era una organización con ideología y discurso incompatibles con el sistema democrático de gobierno constituyendo un peligro latente contra éste.

La argumentación jurídica definió tres elementos en torno a los cuales giró toda la fundamentación, el primero era el referido a la vigencia de una norma preexistente, el segundo a la proporcionalidad de la medida y, el tercero, al peligro que representaba dicha organización para la estabilidad democrática.

La norma existía, tanto como ley electoral como principio constitucional. La proporcionalidad se estableció en función, no del contenido del ideario, sino de los discursos públicos de los líderes y miembros de Batasuna, los cuales no tenían nada de democráticos ni de respeto a un Estado de Derecho; y, el tercero, relativo a las ideas extremas que servían de soporte a los ataques al orden establecido en las leyes y en la Constitución para proteger la democracia.

El texto de la sentencia del Tribunal Constitucional de España es sumamente pragmático porque hace un análisis de incompatibilidad democrática en un listado de discursos de los líderes de Batasuna sin entrar en demasiadas elucubraciones teóricas o filosóficas. Simplemente contrastaron el contenido de los discursos y su compatibilidad con el sistema democrático definido por la Constitución, llegando a la convicción que el irrespeto verbal al orden constitucional y legal convertían a Batasuna en una organización política que constituía un peligro latente contra éste y, por tal razón, la ilegalizaron expulsándola del escenario electoral.
Este precedente debería ser exhaustivamente analizado para no ingresar a debates ociosos en los cuales cada quien pretende imponer su parecer. Es un precedente muy importante que no se debe soslayar.

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