¿Qué hacer con el Ministerio Público?
Cada día, últimamente con más frecuencia, se emiten observaciones y opiniones negativas sobre el Ministerio Público. Ejemplos: Expreso ha informado la declaración pública de un jurisconsulto, que refirió: “Estas diligencias del Ministerio Público se están convirtiendo en algo abusivo” (sic). Otros hechos que han estallado son “las investigaciones (¿?) realizadas por fiscales en la corrupción de ‘políticos’ por la brasileña Odebrecht; que la Fiscalía acusa a la mayoría de procesados sin especificar hechos, pruebas y testigos…” (sic); dilatan en tiempo las investigaciones; resuelven dando libertad a delincuentes; se les atribuye que politizan para investigar, etc., etc.
No obstante, a que la Constitución les señala sus atribuciones y quiénes pueden ser fiscales (artículos 158°, 159° y 147°), y para ser fiscal deben ser abogados (en la Facultad de Derecho les han enseñado la Constitución, leyes y códigos sustantivos y procesales) y reiteradamente han jurado cumplir con la ley, en su ejercicio fiscal violan lo dispuesto en el artículo 109° de la Constitución y sus juramentos.
En su trabajo y conducta como miembros del Ministerio Público pareciera que actúan profesionalmente y, como magistrados, no cumplen oportunamente “con promover de oficio o a petición de parte la acción judicial en defensa de la legalidad y de los intereses públicos tutelados por el derecho, y no velan por la independencia de los órganos jurisdiccionales y por la recta administración de justicia y tampoco conducen idóneamente desde su inicio la investigación del delito… no obstante que su deber es ejercitar de oficio o a petición de parte la acción penal” (sic), etc. Usan como escudo la independencia, unidad y exclusividad citadas en los artículos 158°, 138° y 139° de la Constitución. Por esto consideran que nadie “los puede y/o debe criticar en cómo actúan en sus investigaciones”; sin embargo, fiscales de la Nación, supremos, superiores y provinciales son objeto de investigaciones y/o sanciones que han llegado al conocimiento público.
Constantemente se evidencian sus confrontaciones con congresistas y hasta con la Presidencia de la República. Muchas veces personalidades profesionales y aun políticos han sugerido reorganizar el Ministerio Público y establecer normas legales que señalen la responsabilidad institucional y personal de cada fiscal.
Estando a lo establecido constitucionalmente, ya no es posible seguir admitiendo la continuidad de los problemas que originan los miembros del Ministerio Público. Es indispensable resolver legalmente que sea declarado en reorganización y suspender “derechos” de los fiscales de todos los niveles.
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