Recobrar dinamismo
Según se lee en el artículo 1 del DL No. 1326, la Procuraduría General del Estado es una entidad creada “como ente rector, a efectos de mantener y preservar la autonomía, uniformidad y coherencia en el ejercicio de la función de los/as procuradores/as públicos en el ámbito nacional, supranacional e internacional, así como fortalecer, unificar y modernizar la Defensa Jurídica del Estado”. La propia Constitución Política del Perú establece que la defensa de los intereses del Estado está a cargo de los procuradores públicos conforme a ley.
Sin embargo, a la luz de los hechos emblemáticos recientes, este mandato no se viene cumpliendo a cabalidad en el país. Y los intereses del Estado parecen estar en el limbo de la indiferencia y no por ausencia de reglas claras, sino por la inopia en el conocimiento de la ley o, simplemente, por extrañas razones de quienes están obligados a ejercer sus funciones adecuadamente y en apego a las normas. Tan ausentes están los funcionarios encargados de la defensa de los intereses del Estado del imaginario social que si preguntamos quién es, actualmente, la persona responsable de la Procuraduría General del Estado, quizás no sepan qué responder.
Sucede que, a la funcionaria María Aurora Caruajulca Quispe, actual procuradora general del estado, no se le ve por ningún lado, que es una manera muy coloquial de decir que no está capacitada para el alto cargo que se le ha encomendado. Ella reemplazó, en la función, al exprocurador, Daniel Soria Luján, quien fue separado del cargo, por el ex ministro de justicia, Aníbal Torres, por “supuestas anomalías” en su designación, luego que Soria presentara, en diciembre de 2021, ante la fiscal de la Nación, un escrito en el cual denunciaba al presidente, Pedro Castillo Terrones, por la presunta comisión de los delitos de patrocinio ilegal y tráfico de influencias, en el caso de la Concesión puente Tarata III. Entonces, el procurador Soria cumplía su función a cabalidad, estaba presente para defender los intereses del Estado, aunque tuvo que pagar caro su osadía. Caruajulca, fue procuradora pública de las municipalidades distritales de San Martín de Porres y Comas, en Lima Metropolitana, hasta antes de su designación.
Dispone el DL 1326 que la defensa jurídica del Estado se rige por los principios rectores de la legalidad, la autonomía funcional, responsabilidad, eficacia y eficiencia, objetividad e imparcialidad, especialidad, celeridad, meritocracia, entre otros, que, al parecer, se desconocen o no se aplican en los hechos. La prensa da cuenta de procesos que son ventilados en las instancias jurisdiccionales, en los que hay necesidad de cautelar y defender los intereses del Estado; sin embargo, no advertimos la diligente intervención de la Procuradora General en esos casos, para vigilar, denunciar y defender esos intereses que, en definitiva, son de todos los peruanos.
Pero, en honor a la verdad, no siempre fue así, En el pasado los procuradores del Estado, empezando por su cabeza, tuvieron roles protagónicos en casos judiciales, siempre en defensa de los intereses del Estado, conforme manda la ley. Lo recuerdan así: “no obstante el periodo de cuarentena a nivel nacional decretado por el gobierno, que motivó la paralización total de las actividades presenciales, la Procuraduría General del Estado y las procuradurías públicas continuaron laborando en base a las medidas sanitarias y de seguridad dispuestas por las instancias correspondientes, sobre todo en el marco de la implementación de procesos digitales y el trabajo remoto, en aras de salvaguardar los intereses del Estado y la salud de los servidores y servidoras públicos”.
¿Qué pasó entonces? Todo parece indicar que el entusiasmo de sus trabajadores no se condice con la inercia impuesta por la Dra. Caruajulca, titular de la institución, que en acciones arbitrarias solo se ha dedicado a descabezar a la Procuraduría, prescindiendo de sus mejores cuadros. Es importante para el país, que esta institución recobre su dinamismo. El Perú así lo necesita.
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